En los últimos años el racismo y la intolerancia criminal han crecido en casi todos los países de Europa y también en España. Reiteradamente se señala que inciden factores sociológicos como la presencia de inmigrantes, la diversidad religiosa, los antagonismos culturales y otros por el estilo. Sin entrar en la fuerte carga de intolerancia de muchas de estas explicaciones que no reconocen el alto nivel de convivencia, armonía e integración real, social y democrático de la diversidad de colectivos presentes en el continente, lo que llama poderosamente la atención es el ocultamiento del crimen de odio y del sufrimiento de las víctimas, su victimización continuada y el exiguo reconocimiento de sus derechos. Las víctimas de la intolerancia sufren tanto la discriminación social e institucional como ataques y agresiones por su condición o identidad diferente, incluyendo abusos y maltrato por miembros de las fuerzas de seguridad.
La dinámica del odio es sencilla, comienza por reducir la realidad de una persona a un estereotipo del grupo social al que pertenece o le identifican que es sobre quien se construye el prejuicio, el tópico o el dogma, para que debidamente estimulado concluya criminalizando a esa minoría por supuesta amenaza social. El diferente, conforme al prejuicio negativo, no solo es “menos humano” sino que, sometido a una difamación continua, solo puede ser interpretado como un criminal en potencia (no faltan ejemplos, gitano: traficante; inmigrante: delincuente; musulmán: terrorista, judío: usurero; indigente: escoria; etc.) e incluso como afirmaba el nazismo, subhumanos e impuros. Finalmente desde la intolerancia, no solo es posible la discriminación (trato menos favorable), también el delito de odio (agresión criminal) sobre la víctima o sus bienes por el simple hecho de ser miembro de ese colectivo, o ser identificado como tal por su condición social, religiosa, cultural, étnica, orientación sexual o cualquier otra circunstancia diferencial, una violencia protagonizada por unos verdugos que se creen legitimados para proceder a la limpieza “identitaria” recurriendo al crimen.
En toda Europa, aunque en muchos países no exista información oficial sobre infracciones de discriminación y delitos de odio es una evidencia que se están cometiendo por prejuicios o animadversión social hacia el gitano, magrebí, indigente, negro, latino, chino, musulmán, judío, discapacitado, homosexual, travestido u otra condición de pertenencia a un colectivo estigmatizado. Estos comportamientos se producen de forma cotidiana tanto en el ámbito laboral, en el acceso a la vivienda o en la escuela, en lo político e incluso en el ámbito del ocio, cultural o deportivo, donde ni para jugar al fútbol existe “igualdad de trato”, asumiendo lemas xenófobos “los de casa primero”. En sus manifestaciones más graves, las víctimas de un delito de odio pueden sufrir amenazas, injurias, calumnias, ataque a su vivienda o empresa, pueden ser víctimas de la propaganda racista y de agresiones físicas.
Sin embargo la naturaleza de la mayor parte de estos sucesos no es evidenciada, evitando el agravante que esta conducta conlleva y el reconocimiento de la víctima de odio. En la mayoría de los casos la investigación se limita a recogerlos como riñas de jóvenes, ajustes de cuentas o crímenes no aclarados. La consecuencia es que se priva a la víctima del reconocimiento del problema e incluso de su condición de víctima, situándola en el mismo plano que los verdugos y produciéndose en la mayoría de los casos, una segunda victimización que conlleva una individualización del drama, a su aislamiento y a la constatación de que el Estado minimiza o banaliza la agresión. Ejemplo de gran indefensión son los inmigrantes “sin papeles” quienes por el miedo a que su denuncia como víctima de un ataque xenófobo repercuta en expulsión del país evitan realizarla; también los indigentes, inermes ante una venganza de respuesta a su denuncia de agresiones en la calle deciden no presentar denuncia cuando el 40% de ellos en nuestro país ha sufrido ataques ultras, o los homosexuales a quienes denunciar les obliga a “salir del armario”, así como otras personas de colectivos vulnerables (prostitutas, travestis..) que ven riesgos objetivos para su privacidad y seguridad . A todo ello hay que sumar la disuasión y desánimo inducido por aquellos agentes de seguridad que comentan a la víctima que no denuncien “porque no va a servir para nada”.
Directiva Europea que amplía los derechos de las víctimas
Una nueva Ley Europea que ha de ser aplicada por todos los Estados antes de tres años amplía los derechos de las víctimas de la delincuencia. A primeros de octubre de 2012, Viviane Reding, Vicepresidenta y Comisaria de Justicia, informaba que esta ley reforzará los derechos de millones de ciudadanos que son anualmente víctimas de la delincuencia en la UE. La Directiva de la UE sobre derechos de las víctimas fue aprobada con una abrumadora mayoría (611 votos a favor, 9 en contra y 13 abstenciones) del Parlamento Europeo otorgando derechos mínimos a las víctimas, donde quiera que se encuentren en la UE. Reding en sus manifestaciones reconocía que «en algunos casos, los sistemas de justicia penal de los Estados miembros de la UE se han centrado demasiado en los delincuentes y demasiado poco en las víctimas. » (…) «Se calcula que, todos los años, un 15 % de los europeos –lo que equivale a 75 millones de personas– son víctimas de la delincuencia en la Unión Europea. Teniendo presente que 12 millones de europeos viven en otro país de la UE y que se registran mil millones de desplazamientos personales al año dentro de la Unión, esta nueva ley europea aliviará la situación de un gran número de ciudadanos. Estamos ante un logro histórico y una clara muestra de que Europa legisla para amparar los derechos de los ciudadanos.»
Estas normas mínimas asegurarán que, en los 27 Estados miembros de la UE, las víctimas sean tratadas con respeto y la policía, los fiscales y los jueces reciban la formación adecuada para atenderlas debidamente; reciban información inteligible sobre sus derechos y su situación; dispongan de estructuras de apoyo en todos los Estados miembros; puedan ser parte en el proceso si así lo desean y reciban la ayuda necesaria para asistir a los juicios; las personas vulnerables sean distinguidas y adecuadamente protegidas y que las víctimas sean objeto de protección durante la fase de investigación policial y durante los autos procesales. La Directiva europea reconoce a los afectados por el terrorismo como víctimas «con necesidades especiales» junto a los menores, las de la violencia de género, las de la delincuencia organizada y los delitos motivados por prejuicios racistas o intolerancia. El texto aprobado establece que los Estados miembros deben prestar a estas personas «atención especial y esforzarse por proteger su dignidad y seguridad».
Esta amplia Directiva reconoce claramente el papel de las ONG que trabajan con víctimas: “Los Estados miembros deben animar a las organizaciones de la sociedad civil y colaborar estrechamente con ellas, incluidas las organizaciones no gubernamentales reconocidas y que trabajen activamente con víctimas de delitos, especialmente en iniciativas de desarrollo de políticas, campañas de información y concienciación, programas de investigación y educación, y en acciones de formación, así como en el seguimiento y evaluación del impacto de las medidas de apoyo y protección de las víctimas de delitos. Para que las víctimas de delitos reciban atención, apoyo y protección en un grado adecuado, los servicios públicos deberán trabajar de forma coordinada e intervenir en todos los niveles administrativos – a escala tanto de la Unión como nacional, regional y local. Se deberá prestar asistencia a las víctimas para identificar los servicios competentes y dirigirse a ellos, a fin de evitar repetidas derivaciones de uno a otro servicio. Los Estados miembros deberán considerar la creación de servicios comunes a varios organismos, siguiendo el principio de «punto de acceso único» o de «ventanilla única», que se ocupen de las múltiples necesidades de las víctimas cuando participen en procesos penales, con inclusión de la necesidad de recibir información, apoyo, asistencia, protección e indemnización.”
Además lograr el reconocimiento institucional de la víctima y la existencia del problema de los crímenes de odio también es importante porque el reconocimiento de los hechos obliga a realizar políticas criminales específicas como reclaman de forma insistente las instituciones europeas, mientras que en aquellos otros países que aún siguen sin reconocer el problema, la indolencia institucional posibilita que la dinámica del odio prosiga construyendo prejuicio y fobia a las minorías con graves consecuencias. De forma expresa se reclama a los Estados una recopilación de datos estadísticos sistemática y adecuada porque constituye un componente esencial de la formulación efectiva de políticas en el ámbito de los derechos establecidos en la Directiva y de la misma manera observa los principios reconocidos por la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, aspirando en particular a “promover el derecho a la dignidad, a la vida, a la integridad física y mental, a la libertad y la seguridad, el respeto a la vida privada y familiar, el derecho a la propiedad, el principio de no discriminación, el principio de igualdad entre hombres y mujeres, los derechos del menor, de los mayores y de las personas con discapacidad, así como el derecho a un juez imparcial.”
Déficits institucionales en España
En España, el aumento del prejuicio que detectan las encuestas en el rechazo a la inmigración, a la diversidad de confesiones religiosas, en especial al Islám, es la “gasolina” que nutre a grupos fanáticos, quienes a su vez interactúan alimentando la intolerancia. Debemos significar no solo el discurso de odio en internet, las gradas ultras y el desarrollo de las organizaciones que lo potencian, también la intolerancia en el discurso público y su papel responsable en la creación de climas de hostilidad hacia los colectivos que sufren el problema. Pese al reclamo de numerosas voces, a la denuncia mediática y la constatación de numerosos delitos, el avance en la sanción de estas conductas, definidas ilícitas en el Código Penal de la democracia, ha sido prácticamente insignificante. Sabemos que durante años se han producido en nuestro país millares de agresiones protagonizadas por bandas racistas y neonazis, entre ellas numerosos asesinatos, sin embargo no sabemos el verdadero alcance del horror de los verdugos del odio. Para los violentos racistas, en su criminal eugenesia hacia la condición de “diferente” de la víctima es suficiente porque para estos simplemente son vidas sin valor y el estigma les predispone a la agresión, incluso al asesinato. La investigación del Movimiento contra la Intolerancia calcula la existencia de más de 4.000 agresiones al año protagonizadas por grupos racistas y neonazis dirigidas especialmente contra personas de colectivos sociales estigmatizados junto a ataques a mezquitas, viviendas gitanas, comercios magrebíes, sinagogas, sedes de organizaciones de izquierda, agresiones contra aficionados del fútbol, ongs antirracistas e incluso periodistas. Sin embargo esta estimación puede ser inferior a la realidad (solo se denuncia el 4% según investigaciones), ha de tener en consideración el contexto de una Europa donde en países como Gran Bretaña, con experiencia y registro oficial de estas infracciones, reconocen que se produjeron 54.000 infracciones y delitos de odio el último año.
La víctima del odio racista y de la intolerancia criminal no tiene en España ninguna protección o apoyo específico, a diferencia de la víctima del terrorismo y de la violencia de género. En general la víctima al ser agredida se siente sola, desconcertada y no da crédito a lo que le pasa. También puede sentir impotencia, dado que ni pudo evitar ser atacado, ni lo puede evitar en un futuro, al no poder cambiar su etnia, origen, color de piel, sexualidad, etc. El sentimiento de indignación, temor, rabia, ansiedad, impotencia acaba haciendo mella en la víctima, su familia y en el colectivo de pertenencia. Sin embargo, los crímenes de odio no solo pueden tener efectos inmediatos y a largo plazo en las víctimas, también en el conjunto de la sociedad y en la convivencia democrática. Ser consciente del problema puede ayudar a reconocer y tratar los efectos del odio, como ser consciente de la insuficiente aplicación del cuadro legislativo que nuestro país tiene para luchar contra el racismo y la intolerancia en especial a sus mensajes y conductas criminales.
Precisamente las NN.UU., la OSCE, el Consejo de Europa, el Parlamento Europeo y otras instituciones internacionales, señalan que el problema de la propaganda racista, el discurso de odio en internet y la proliferación de grupos neofascistas son preocupantes y van en aumento, requiriendo a los Gobiernos democráticos y la sociedad en su conjunto abordarlo como prioridad. La difusión de mensajes de intolerancia ante la diversidad ha de ser entendida como una propaganda que precede a la acción criminal. La relación entre una y otra ha sido evidenciada por los hechos y necesita de estrategias integrales para hacer frente a esta realidad que va a marcar un siglo caracterizado por la globalización e interacción comunicativa. Y además hay que evitar la infección de intolerancia en las políticas y los Estados, como insiste la OSCE en su estrategia de crear un marco global para la seguridad y la estabilidad en Europa. Ya el Acta Final de Helsinki reconocía como uno de los 10 principios rectores el “respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales, incluyendo la libertad de expresión, de pensamiento, conciencia, religión o creencia”, recordando como la exclusión de individuos y de ciertos grupos de la sociedad, en ocasiones por el origen étnico, ha desencadenado tensiones y, en ocasiones, incluso conflictos armados. En consecuencia preservarlos también es una cuestión de seguridad, es la dimensión humana de la seguridad, en terminología de la OSCE, que se utiliza para describir un conjunto de normas y actividades relativas a los derechos humanos y la democracia que están consideradas como una de las tres dimensiones de la seguridad, junto con las dimensiones político-militar y la económica- medioambiental.
Europa, durante la segunda mitad del siglo XX, ha experimentado grandes transformaciones demográficas, económicas sociales y políticas. Un cambio significativo ha sido el aumento de la importancia de la diversidad cultural y las tensiones étnicas, bien por el establecimiento de trabajadores inmigrantes y refugiados en casi todos los países, bien la recesión económica cuando los autóctonos han intentado priorizar su acceso al empleo y la vivienda, o por factores políticos, como el aumento de los movimientos nacionalistas de extrema derecha y el incremento de las reivindicaciones políticas de las minorías nacionales arraigadas sobre todo en la Europa del Este tras la caída de los regímenes comunistas. La violencia racista, y en particular los delitos de odio, son problemas crecientes en gravedad y extensión, y Noruega es un ejemplo extremo de violencia racista, cuyo autor eligió como objetivo a jóvenes políticos noruegos en general y en particular los del Partido Laborista por su trabajo en combatir la xenofobia y el racismo.
Esos cambios han desafiado a las instituciones establecidas en toda Europa, incluso a la policía, como ya señaló la Carta de Rótterdam que insistía que en este mundo de diversidad étnica y cultural, el papel de la policía es crucial, señalando que “su especial responsabilidad por el mantenimiento de la ley y el orden en la sociedad, la policía es el guardián esencial de nuestro marco social. También es el organismo más visible de los que desempeñan una función cívica”. Sin embargo, las prácticas de identificación por perfil étnico por las fuerzas de seguridad son una práctica extendida, así como el racismo institucional que emerge en muchas ventanillas de los Estados.
La diversidad étnica, de origen nacional, cultural, religiosa y social en general, refleja las tendencias globales de una gran mutación que nos hace vivir una contradicción sostenida por una identidad nacional homogénea y uniforme, propia del siglo XIX (blancos, católicos y heterosexuales) y una realidad diversa vivida directamente en nuestras calles que los poderes públicos aún no perciben como fuente potencial de gran enriquecimiento para Europa a la que no responden adecuadamente y conforme a principios democráticos, sometiendo a las minorías sociales a un trato opresivo o desigual, posibilitando los conflictos étnicos, la violencia y dañando el marco de la sociedad civil. Este es el reto del siglo que nos acoge.
Esteban Ibarra
Presidente de Movimiento contra la Intolerancia