EL PAÍS.- La Sección Sexta de la Audiencia de Madrid ha desestimado todos los recursos y ha dado vía libre al juicio por el ‘caso Blanquerna’ sobre el ataque a la librería de este mismo nombre ocurrido el 11 de septiembre de 2013 (día de la Fiesta de Cataluña) durante un acto en los locales que la Generalitat tiene en Madrid. En el banquillo se sentarán 15 implicados, para los que el fiscal prevé solicitar penas que van de los dos a los cuatro años.
Los magistrados han rechazado las pretensiones de la Generalitat de Cataluña y de Josep María Bosch Bessa, delegado de la Generalidad de Cataluña en Madrid , de que se contemplara en el relato de los hechos que los acusados tiraron al suelo y pisotearon la bandera de Cataluña, lo que podría constituir un delito, ni tampoco el acuerdo previo de voluntades entre los acusados.
El auto, contra el que no cabe recurso, considera que, si tanto la Generalitat como Bosch, consideraron que el relato de los hechos era incompleto, deberían de haber solicitado al juzgado de instrucción que lo cambiara en el momento procesal oporturno (solicitandolo al juzgado de instrucción con un recurso de reforma o bien ante la Audiencia de Madrid con un recurso de apelación), algo que no se ha hecho.
Los jueces, que también han rechazado las pretensiones de los acusados, mantienen los delitos de desórdenes públicos, daños, amenazas, atentado y falta de lesiones que estableció el juez de instrucción en su día.
En esencia y a nivel indiciario, consideran que los imputados formaban un grupo organizado que entró en el Centro Cultural Blanquerna donde se estaba celebrando un acto oficial conmemorativo de la fiesta de Cataluña organizado por la Generalitat, con el fin de interrumpirlo, por lo que deberían ser juzgados por los delitos de desórdenes públicos, daños, amenazas, atentado y falta de lesiones que estableció el juez de instrucción.