El letrado de la familia afirma que ha existido “una discriminación sistemática y programada” por parte del centro
JOSEP FITA. LA VANGUARDIA.- “La educación inclusiva tiene como propósito prestar una atención educativa que favorezca el máximo desarrollo posible de todo el alumnado y la cohesión de todos los miembros de la comunidad”. Esta definición, que pretende esclarecer qué se esconde tras el concepto de educación inclusiva, está extraída del portal del Ministerio de Educación y Formación Profesional, y de ella se entiende que todos los niños, sin exclusión, tienen derecho a recibir una educación que les ayude a progresar en su crecimiento.
Pero al parecer, este principio no siempre se cumple. Eso al menos es lo que denuncian Carmen y su marido, padres de Nicolás, un niñoautista que en la actualidad tiene 17 años. Pero esta familia va mucho más allá en su reclamación: ha denunciado al centro que escolarizaba a su hijo (el Colegio Lastra, de Mieres) por acoso. De momento, han perdido el primer asalto en el Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias (TSJPA), pero han presentado recurso al Tribunal Supremo, que todavía no se ha pronunciado.
Nicolás contaba con 14 años cuando acudió al que, a la postre, resultaría ser el último curso al que asistiría en el Colegio Lastra, un centro concertado de Asturias. Era el año académico 2014/2015. Había iniciado en mayo de 2012 una segunda etapa en este centro, al que ya había asistido a la edad de cuatro años, en el curso 2005/2006.
El niño acudía 12 horas a la semana al colegio acompañado siempre por una ATE (Auxiliar Técnico Educativo) contratada por la Consejería de Educación del Principado. Esta profesional le daba terapia individualizada al menor, quien también recibía por parte del centro unas horas de Pedagogía Terapéutica (apoyos escolares que se ofrecen en los colegios ordinarios a niños con dificultades) y también de Audición y Lenguaje. Además, se le iba integrando progresivamente en el aula ordinaria, para que pudiera socializarse con los otros niños.
Durante los dos primeros cursos (2012/2013 y 2013/2014) su escolarización funcionó razonablemente bien. Pero en el tercero todo se torció. “No sé por qué la escuela cambió su actitud con respecto a Nicolás, es la gran incógnita”, explica Lorena García, doctora en Psicología y una de las responsables del centro de alto rendimiento CARE (especializado en aprendizaje y desarrollo infantil) al que Nicolás acude desde 2011.
Lorena era quien establecía y controlaba el currículum de habilidades que la auxiliar educativa trabajaba a diario con el niño en el colegio. “Se fue haciendo la integración de forma progresiva, también iba al comedor. No hubo ningún problema, todo funcionaba muy bien. Tampoco se dio ningún condicionante en el último curso”, relata. Sin embargo, la escuela empezó a adoptar medidas ese año respecto a la educación del niño que no se habían dado antes.
Cambio de rutinas
De buenas a primeras, empezaron a cambiarle las rutinas. Hay que tener en cuenta que dichas rutinas “son muy importantes” para niños con esta discapacidad “ya que les proporcionan seguridad”, tal y como se asegura en el informe, presentado en sede judicial, que elaboró en su día Diana, la auxiliar que acompañó en todo momento a Nicolás en el último año en el que estuvo en el Colegio Lastra. Esta profesional, citada bajo el nombre ficticio de Diana, ha preferido mantenerse en el anonimato y no hacer declaraciones a esta redacción.
Uno de los primeros cambios de rutina tuvo como protagonista un pupitre. El primer día que Nicolás fue al aula ordinaria en el curso 2014/2015 se encontró con que “no tenía asignada ni una mesa ni una silla, como en años anteriores”. Así lo testifica el mencionado informe de la ATE, que prosigue: “Este año se improvisa su sitio, siendo cada día un lugar diferente, creando tiempos de espera innecesarios, rompiendo la pauta o rutina establecida, lo que provoca un comienzo de la sesión en estado de nerviosismo por parte del niño”. Esta profesional pidió al centro la reasignación de un pupitre para el pequeño, petición que fue concedida medio año más tarde, en marzo de 2015.
Algunos horarios también se vieron modificados repentinamente, como contó en el juicio oral la misma Diana. “Un día me dijeron que sería mejor hacer la integración en las clases de plástica y música, pero eran por la tarde, cuando Nicolás iba al colegio por la mañana. Les dije que no podía ser. La integración se paralizó durante un mes. Finalmente volvieron al horario de siempre”.
Esta profesional, consciente de que en un colegio pueden romperse “habitualmente” las rutinas por, entre otras razones, “la organización de fiestas”, pidió al centro que la avisara con anterioridad ante cualquier modificación horaria para evitar “el aumento de comportamientos estereotipados y ansiedad por parte del niño”. Pero la respuesta que recibió no fue muy alentadora: “El colegio me dice que no se puede interrumpir la vida normal del centro para avisarme”. Al final sólo le pusieron en sobre aviso “en algunas ocasiones”.
También hubo salidas al patio que fueron anuladas sin la correspondiente notificación previa. “Si él baja y se encuentra con que no hay niños y tenemos que volver a subir, el estado de nerviosismo aumenta porque no sabe lo que está sucediendo”.
En ese curso 2014/2015 también se le restringió la entrada al comedor, cuando en años anteriores había podido acceder. ¿La razón? Se superaban las horas acordadas con la Consejería de Educación. Sin embargo, en cursos anteriores “Nicolás acudía al comedor a pesar de estar escolarizado el mismo número de horas”, reza el informe de la ATE.
Esta redacción se ha puesto en contacto tanto con la Consejería de Educación del Principado de Asturias como con el Colegio Lastra para conocer su versión de los hechos. El primero ha rechazado hacer ningún tipo de valoración (“En principio no vamos a decir nada”), mientras que el segundo ha declinado también pronunciarse alegando que el suyo “es un colegio concertado que acata instrucciones de la Consejería de Educación”.
Es por casos como los relatados que la familia de Nicolás, y los profesionales que la asisten, defiende que hubo acoso por parte del centro. Su abogado, Jesús Méndez, argumenta que dicho acoso “existe porque hay una discriminación sistemática y programada” y que tal hostigamiento perseguía un fin muy concreto: tener la coartada perfecta para “enviar al niño a un centro de educación especial”.
Lorena García, una de las responsables del centro de alto rendimiento educativo al que Nicolás acude desde 2011, también defendió ante el juez la existencia de acoso argumentando que al menor se le privó “de la oportunidad de poder seguir participando en el colegio al ritmo de otros cursos previos y de compartir actividades con sus compañeros”.
También Diana aseguró en sede judicial que “las actuaciones del centro escolar afectaron la evolución educativa y desarrollo personal” del menor y que sus “conductas disruptivas eran provocadas por la rotura de rutinas”, tan necesarias para niños con esta discapacidad ya que les proporcionan seguridad.
Curiosamente, un supuesto cambio en la conducta del niño fue uno de los argumentos que la Consejería de Educación del Principado de Asturias utilizó para justificar un cambio de centro (de un colegio concertado a uno de educación especial). Esta idea se ve reflejada en un informe elaborado en 2016 por la especialista en Administración Educativa de la Consejería, Felicidad Balbuena, y que aparece citado en el fallo del TSJPA, recurrido al Tribunal Supremo por la familia.
“Durante el curso 2014-2015 la situación del alumno en el Colegio Lastra no era la más adecuada, ya que presentaba conductas disruptivas, conductas desadaptadas al contexto escolar, en ocasiones cambios bruscos en su comportamiento, conductas de riesgo para su integridad física y la de sus compañeros”, esgrimía el escrito.
Previamente, la inspectora de Educación Mª José Triguero Rodríguez había ido más allá argumentando en un informe de 2015, mencionado también en la sentencia del TSJPA, que el colegio había “soportado las presiones de otras familias” que consideraban “que las conductas de Nicolás podían lesionar la integridad física de sus hijos”. En este documento la inspectora también concluía que “la única modalidad existente en este momento para escolarizar al alumnado con graves problemas de personalidad y conducta es la específica dentro de los centros de educación especial”.
Todas estas afirmaciones contrastan sobremanera con la opinión esgrimida por la auxiliar educativa (que estuvo todo el tiempo al lado del niño y que estaba contratada por la Consejería) mediante el escrito presentado en sede judicial. En él, Diana afirmaba que “jamás peligró la integridad física de Nicolás ni la de otra persona por su causa”, y añadía que el niño no tenía ni “conducta auto-lesiva ni agresiva”.
Es esta misma auxiliar quien, en el mismo escrito, explica que el colegio le pidió que redactara informes semanales respecto “a la conducta disruptiva o socialmente inadecuada de Nicolás, tanto en la terapia como en espacios comunes”. Diana relata que el centro consideraba como incidencia que el menor entrara en algún aula en un momento en el que no le correspondía, o que cogiera “a algún niño por los carrillos [mofletes]”.
En su informe esta auxiliar defiende que coger a un niño por los carrillos “no se puede considerar una conducta violenta ni agresiva” ya que Nicolás no lo hacía con esa intención, y que “en un colegio donde se está trabajando la inclusión de un niño con autismo no se puede registrar como incidencia la estereotipia de un alumno con este trastorno”. Diana, en el mismo escrito, se pregunta por qué “dentro de sus obligaciones como trabajadora no se incluye entregar nada relativo a los avances de Nicolás con la misma frecuencia”.
Recogida de firmas
“Si mi hijo fuera agresivo sería yo misma la que lo hubiera retirado del colegio”, sostiene Carmen, la madre del pequeño. “A Nicolás nunca le han faltado niños para jugar porque no es un niño violento”, añade. Carmen explica incluso que su hijo, entre otras actividades extraescolares, estuvo cuatro años acudiendo a un pabellón de patinaje sin que se registrara ningún incidente: “Y digo yo que cuatro años dan para mucho”, reflexiona.
Lo cierto es que esta opinión de la progenitora del pequeño es compartida por un grupo nada despreciable de padres cuyos hijos compartieron aula con Nicolás. Carmen reunió algo más de 70 firmas en las que los firmantes daban fe de que sus pequeños “nunca habían sufrido ningún tipo de agresión” por parte del niño.
Los testimonios voluntaristas y aislados de las madres de otros alumnos compañeros de Nicolás nada prueban más allá de su percepción singular
Incluso diez familias escribieron sendas cartas a modo de testimonio en las que no sólo confirmaban que sus vástagos no habían tenido ningún problema con el menor, sino que en ellas se apuntaba además que nunca habían escuchado a ningún padre quejarse de Nicolás en la puerta del colegio.
Sin embargo, la Sala de lo Contecioso-Administrativo del TSJPA esgrimió en su fallo que todas estas opiniones no eran más que “los testimonios voluntaristas y aislados de las madres de otros alumnos compañeros de Nicolás que nada prueban más allá de su percepción singular y exterior de una situación que debe ser valorada según testimonios más inmediatos y técnicos procedentes de facultativos y profesores”.
En este sentido, llama poderosamente la atención que ningún maestro del colegio acudiera al juicio oral para testificar. Sólo hubo dos testigos que hablaron ante el juez, y los dos fueron aportados por la acusación: Diana, la auxiliar, y Lorena, una de las responsables del centro CARE.
Conchi es una de las madres que escribió una carta hablando de su experiencia y la de su hijo con Nicolás. “Es un sol”, afirma. “Cuando me veía siempre me venía a dar un beso o un abrazo”, agrega.
Esta madre relata que cuando el niño entró por primera vez a la clase de su hijo “el tutor que tenían los críos por aquel entonces les explicó lo que sucedía con él, y ellos lo aceptaron sin ningún problema”. “Nicolás se relacionaba muy bien con los niños de su clase”, arguye.
Conchi admite que la excesiva expresividad del menor podía dar lugar en algún momento a equívocos, aunque reitera que el niño no representaba ningún problema para nadie. “Un día vino mi hijo y me dijo: ‘Hoy Nicolás me apretó mucho, pero no pasa nada porque se lo he dicho y me ha soltado, me ha explicado que era un abrazo de cariño, que me quiere mucho”.
Otra de las razones que se emplearon desde la Consejería para justificar el traslado de Nicolás a un colegio de educación especial fue que el centro Lastra no era el mejor lugar para atender sus necesidades. Pero esta afirmación es poco consistente a ojos de la psicóloga que atiende a Nicolás en el centro privado CARE. “Para mí, con lo que tenía en la escuela, la escolarización estaba bien. La clave era la auxiliar, y contaba con ella. También tenía las horas de Pedagogía Terapéutica y de Audición y Lenguaje. Desde el principio se ofreció eso, por tanto si funcionó los dos primeros años no se entiende por qué después ya no era válido”.
Como experta en aprendizaje y desarrollo infantil, Lorena García entiende (y así lo afirmó en sede judicial) que lo mejor para Nicolás habría sido seguir en el Colegio Lastra y no ir a un centro de educación especial, al que por cierto el menor nunca acudió por la negativa de la familia. “En una escuela de este tipo no avanzan de la misma forma que un colegio ordinario, donde se socializan con otros chicos y reciben una atención individualizada respecto a los aspectos que necesitan afianzar”.
Un beneficio para todos
Esta especialista señala incluso que la presencia de Nicolás en una clase ordinaria “es un aprendizaje para los otros niños, ya que éstos se relacionan con chicos que tienen otras necesidades”. “Nicolás forma parte de nuestro mundo como nosotros formamos parte de él. Y uno de los principios de la integración es que los demás aceptemos a Nicolás y él a nosotros”, reflexiona García.
En otro orden de cosas, llama la atención, al menos a criterio de la familia de Nicolás y de los especialistas que la asesoran, la supuesta evaluación psicopedagógica de 2015 en la que se basa la Consejería de Educación en gran medida (y también el juez del TSJPA para emitir su fallo) para argumentar que Nicolás no puede seguir más en el Lastra. Y llama la atención por varios motivos. El primero, porque para llevar a cabo una evaluación de ese tipo se necesita el consentimiento de los padres, aspecto que no se dio. Y el segundo, porque para emitir un veredicto psicopedagógico hay que hacer, efectivamente, una evaluación del niño durante una sesión de trabajo específica, aspecto que parece que tampoco se dio.
Y parece que tampoco se dio porque Diana, la auxiliar que estuvo todas las horas del curso 2014/2015 al lado de Nicolás, aseguró en el informe presentado ante el juez que “en su presencia, ningún profesional del colegio había realizado algún tipo de evaluación ni valoración al niño”.
Lo cierto es que de una lectura atenta de dicha evaluación se hace difícil extraer la idea de que se llevara a cabo esa indispensable sesión para evaluar al menor. Sobre todo porque el mismo documento, en el apartado Datos de evaluación pedagógica y psicométrica. Interpretación diagnóstica, se limita a remitirse a una evaluación, que sí se llevó a cabo, realizada a Nicolás en 2011 por un equipo específico de Trastorno del Espectro Autista. “La supuesta evaluación pedagógica de 2015 es, en mi opinión, una chapuza completa”, esgrime el abogado de la familia. Y añade: “Todo lleva al mismo objetivo: la reclusión [del niño] en centros de educación especial”.
Hay otros aspectos del fallo del TSJPA que resultan, como mínimo, llamativos. Entre éstos, la curiosa interpretación que hacen del informe del neuropediatra Ignacio Málaga, quien visitó al menor. En el apartado de Recomendaciones de dicho documento se explicita: “Sería ideal la reintegración de Nicolás en un centro escolar ordinario, siempre y cuando se consiguiera una buena coordinación entre el centro educativo y el equipo terapéutico”.
Pues bien, en la sentencia el juez hace referencia a dicho escrito en estos términos: “Ha de tenerse presente que los informes técnicos apuntan a la necesidad de escolarización [del niño] en un centro de educación especial (como deriva de la lectura atenta del informe del neuropediatra, D. Ignacio Málaga de 7 de octubre de 2015, aportado por los padres)”. El abogado de la familia afirma que la lectura que hace del informe el magistrado “es capciosa”.
Más allá de lo que habrá padecido Nicolás, los costes que está teniendo su situación para la familia están siendo considerables, tanto a nivel económico como de salud. Para empezar, Carmen, la madre, sufrió una isquemia en la mano en 2011. “Creo que fue consecuencia del estrés”, relata. “Estoy a base de pastillas y yendo al psicólogo”, añade. Por otra parte, su marido padeció una parada cardiorespiratoria en 2012.
Su hijo pequeño también ha sufrido mucho con la situación de su hermano. “Era él quien intentaba saber cómo estaba Nicolás en el colegio [también acudía al Lastra]”, esgrime Carmen. “Al final lo sacamos también cuando Nicolás dejó de ir. Ahora va a la Salle [otro colegio ubicado en Ujo, una parroquia situada en el concejo de Mieres]. Ahí también cogían a Nicolás, pero la Consejería no quiere”, agrega.
A nivel económico, el coste también está siendo importante. Nicolás no asiste a ningún colegio desde que su familia lo sacara del Lastra el 17 de marzo de 2015, pero acude cuatro días a la semana (dos horas cada día) al centro privado CARE para seguir con su terapia y su formación. “Son un total de 8 horas a la semana a 25 euros la hora. No nos podemos permitir más”, lamenta la madre del pequeño.
Carmen no deja de repetir lo sociable que es Nicolás. “Él puede estar con los demás. ¿Que aprende de otra manera? También otros lo hacen”, asevera. “Mi hijo puede estar en cualquier sitio. De hecho, cuando podemos vamos al cine. Y digo cuando podemos porque el sueldo es el que es, y para la terapia no puede faltar, tampoco para las clases particulares del pequeño”, añade.
Ahora, la familia espera con ciertas expectativas el posicionamiento del Supremo. El problema, según explica su abogado, es que no se “va a valorar la prueba, lo cual en cierto modo es vulnerador de distintas convenciones de derechos humanos porque la prueba sólo la valora un juez, no tiene revisión”.
De todas formas, el letrado, Jesús Méndez, no pierde la esperanza. Está convencido de que la sentencia comete “errores sustantivos de derecho”. Entre otras cosas, cree que el fallo “establece un régimen excepcional para los centros privados concertados de manera que les da manga ancha para tratar a los niños con discapacidad prácticamente como les parezca”.
El TS tiene que esclarecer cuál es el mecanismo de control de la Administración sobre centros concertados en relación con los niños con discapacidad
Y concluye: “El Supremo tiene que esclarecer cuál es el mecanismo de control y vigilancia de la Administración sobre centros concertados en relación con los niños con discapacidad. Tiene que pronunciarse sobre si tienen derecho a integración, y después tiene que pronunciarse sobre el vigor y la importancia que tienen los instrumentos internacionales, ratificados por España que son de rango de Naciones Unidas, como el convenio internacional para la protección de personas con discapacidad del año 2006”.