La Resolución 01/1999 establece que los psicólogos no realizarán ninguna acción que pretenda tratar como una patología comportamientos o prácticas homosexuales, ni tampoco les orientarán a someterse a tratamientos
EFE. HERALDO.- Una jueza de la Corte Suprema de Brasil suspendió cautelarmente la decisión de un magistrado de primera instancia que permitía a los psicólogos tratar la homosexualidad como una enfermedad y realizar la conocida como «cura gay«, informaron este miércoles fuentes oficiales.
La decisión fue tomada por la jueza Carmen Lucia Antunes, quien dejó sin efecto el dictamen de un colega de Brasilia que garantizaba la «plena libertad científica» para llevar a cabo supuestas terapias contra la condición de homosexual, una práctica prohibida por el Consejo Federal de Psicología de Brasil desde 1999
El asunto tiene su origen en una demanda interpuesta por un grupo de psicólogos que alegaron el principio de libertad científica para realizar terapias de lo que ellos denominaron como «reversión sexual».
En diciembre de 2017, el juez Waldemar Cláudio de Carvalho, de primera instancia en Brasilia, estimó parcialmente la demanda y avaló este tipo de presuntos tratamientos, en contra de una resolución del Consejo Federal de Psicología, que recurrió a su vez al Supremo.
Antunes se basó en que el recurso es competencia del Supremo y respaldó la resolución del Consejo Federal de Psicología que vetaba la «cura gay» hasta que el propio tribunal emitiera una sentencia en firme al respecto.
La llamada Resolución 01/1999 establece que los psicólogos no realizarán ninguna acción que pretenda tratar como una patología comportamientos o prácticas homosexuales, ni tampoco les orientarán a someterse a tratamientos por ello.
El Supremo recordó en un comunicado que esa norma dice además que los profesionales no pueden reforzar en sus sesiones los prejuicios sociales existentes en relación a los homosexuales y les prohíbe expresamente su colaboración en «eventos y servicios que propongan tratamiento y cura de la homosexualidad».
De acuerdo con la entidad, la homosexualidad forma parte de la «identidad de cada sujeto» y, por ello, «no constituye ninguna enfermedad, disturbio o perversión».