El fallo establecer que no se pueden fijar «criterios ideológicos» a los contratistas
PACO MORENO. LAS PROVINCIAS.- El pasado día 5 el Tribunal nº 9 de Valencia emitió su decisión sobre los procesos presentados por ACOM, declarando ilegal la adhesión del Ayuntamiento de Valencia al movimiento discriminatorio «Espacio libre de apartheid israelí» o ELAI, y su voluntad de boicotear a personas y organizaciones vinculadas o radicadas en el Estado de Israel.
La moción fue presentada el 31 de mayo de 2018 por València en Comú y apoyada por el resto del equipo de gobierno, Compromís y PSPV-PSOE. La oposición: PP y Ciudadanos, votó en contra. Durante un año los ciudadanos de Valencia han tenido que «vivir bajo esta regulación discriminatoria como resultado de la obsesión antisemita de los grupos radicales nutridos a base de subvenciones públicas y a los regidores que actúan de correa de transmisión de sus iniciativas», indicaron fuentes de la asociación.
Esta decisión de boicot proclamó a la ciudad «espacio libre del apartheid israelí», afiliando al Ayuntamiento a la campaña internacional de boicot, desinversión y sanciones (BDS) contra Israel. Esta resolución obligaba a la institución, a sus organismos públicos y funcionarios, a abstenerse de cooperar con Israel, u organizaciones relacionadas con el Estado Judío, en áreas como agricultura, educación, comercio, cultura o seguridad.
El Tribunal subrayó que el acuerdo impugnado vulnera el derecho fundamental a la igualdad del artículo 14 de la Constitución Española, en la medida que introduce criterios ideológicos en la selección de los contratistas. La sentencia indica, literalmente, que «resulta obvio que su finalidad era precisamente la de excluir de la contratación empresas, personas y organizaciones de alguna manera vinculadas o radicadas en el Estado de Israel.»
Para Angel Mas, Presidente de ACOM: «La Comunidad Valenciana se encuentra en una grave situación institucional debido al fuerte vínculo de determinados partidos políticos con movimientos antisemitas que están impulsando desde las instituciones el odio y la discriminación contra los judíos.»
Esta sentencia vuelve a arrojar luz sobre un movimiento netamente discriminatorio e ilegal. Hay que recordar que el Ayuntamiento de Valencia aprobó dicha moción habiendo sido advertido previamente por ACOM de los riesgos legales que asumía la Corporación.
La animadversión discriminatoria del equipo de Gobierno, y especialmente del partido vinculado a Podemos, València en Comú, por aprobar estas medidas ilegales, no es nueva: ya en 2017 la formación pretendió elevar al pleno la adhesión de la ciudad al movimiento discriminatorio BDS-ELAI.
Respecto a los inspiradores de este tipo de acciones, que pretenden mal utilizar las instituciones públicas españolas, el grupo BDS Pais Valencià, tiene a nueve de sus miembros sentados en el banquillo por graves delitos de acoso, coacción y agresión sobre el artista judío norteamericano Matisyahu en el verano del 2015, que podrían conllevar penas de hasta cuatro de prisión para los procesados.
ACOM, principal denunciante del discurso del odio y/o la discriminación por razón étnica y nacional que promueve este movimiento, ha logrado que más de 40 acuerdos de adhesión al BDS-ELAI hayan sido anulados por resolución judicial o por los propios ayuntamientos ante el conocimiento de la ilegalidad de dichos acuerdos. Todas las respuestas judiciales han incidido en la ilegalidad de unas medidas excluyentes que vulneran el marco común de convivencia.