El exconcejal del PSPV, Vicent Gisbert, alega que utilizar la bandera y el escudo constitucional incumple la ley y pide al juez que investigue si el programa electoral representa un delito de incitación al odio
LEVANTE -EMV.- Un vecino de Carlet que en su día representó al PSPV como concejal en el ayuntamiento de esta localidad de la Ribera, el abogado y economista Vicent Gisbert, ha presentado una denuncia en el juzgado contra la formación de extrema derecha Vox por considerar que la utilización en su propaganda electoral de símbolos representativos del Estado español conculca el artículo de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General que, textualmente, señala que «no pueden presentarse candidaturas con símbolos que reproduzcan la bandera o el escudo de España, o con denominaciones o símbolos que hagan referencia a la corona». «Los símbolos representativos del Estado reconocidos en la Constitución Española son propiedad de todos los españoles y nadie puede apropiarse de los mismos», expone.
La denuncia formalizada en los juzgados de Carlet a las puertas de las generales del 10N alega además que el contenido de la publicación también puede ser «constitutivo de un presunto delito de incitación al odio» al proponer la ilegalización de los partidos separatistas así como «combatir la inmigración ilegal que promueven las mafias con la colaboración de ciertas ONGs subvencionadas, repatriar a los inmigrantes ilegales que asaltan nuestras fronteras y deportar a los legales que cometan delitos graves o hayan hecho de los delitos su medio de vida». Vicent Gisbert apostilla que estas propuesta asimilan «claramente» a los migrantes con la delincuencia.
El denunciante, en base a esos dos argumentos, solicita al juzgado de instrucción que realice las diligencias que considere necesarias y adopte las medidas oportunas «para hacer cumplir la legalidad vigente» y, en base a la primera supuesta infracción que apunta -la utilización de la bandera y el escudo en la publicidad electoral-, sancione a los responsables de Vox «dado que esta actuación puede constituir un delito de ultraje contra los símbolos constitucionales nacionales, así como de incitación al odio, penados en el Código Penal vigente».
Por otra parte, y tras cuestionar que la propaganda electoral distribuida por Vox en las jornadas previas a los comicios del pasado domingo haya podido ser aprobada por la Junta Electoral Central, solicita que «se ordene la paralización del envío de la misma -la denuncia lleva registro de entrada en el servicio común de los juzgados de Carlet del día 6 de noviembre- y se obligue al partido Vox a que retire la propaganda presuntamente ilegal enviada».
No obstante, y al ser consciente de que dada la premura se presumía prácticamente imposible que se atendiera esa primera petición, el denunciante plantea que, en caso de no poder proceder a la retirada de la publicidad de Vox,se sancione a la formación de extrema derecha «con el coste que hubiese supuesto la retirada de la misma por parte de la autoridad competente».