Increparon a dos lesbianas por besarse en público, les enseñaron los genitales y dieron un puñetazo a una de ellas. Los jueces de la Audiencia de Barcelona: «Es evidente que estamos ante un delito de odio por prejuicios de género»
ALBERTO POZAS. CADENA SER.- La Justicia ha decidido confirmar una condena de seis meses de cárcel a dos hombres que en 2016 perpetraron una agresión homófoba contra dos lesbianasque se besaban en una cafetería de la vía Laietana de Barcelona. Les recriminaron que se besaran en público, les enseñaron los testículos y uno de ellos también pegó un puñetazo a una de las dos víctimas, lo que para los jueces constituye un delito de odio y otro más de lesiones.
Los hechos, según la sentencia a la que ha tenido acceso la Cadena SER, ocurrieron en octubre de 2016 de madrugada en una cafetería de la Plaça d’Urquinaona en la capital catalana. Los dos acusados, junto con más gent que no ha sido identificada, empezaron a recriminarles que se besaran cerca del cristal: «Oye, no podeis besaros en público«, les dijo uno mientras otro se sacaba los testículos y los ponía contra el cristal. Uno de ellos propinó un puñetazo a una de las mujeres cuando salió del local a recriminarles su actitud.
Los jueces de la Audiencia de Barcelona son claros al explicar que «es evidente que estamos ante un delito de odio por prejuicios de género», avalando por completo el relato «firme, serio y sin contradicciones» de una de las víctimas, cuyo «arrojo y determinación» permitió identificar y detener a sus agresores: salió corriendo detrás de ellos y consiguió retenerle hasta que llegó la Policía.
La sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada María Mercedes Otero, todavía es recurrible ante el Tribunal Supremo y confirma los seis meses de prision que un juzgado de lo penal de la capital catalana impuso a ambos por un delito de odio del artículo 510.2 del Código Penal, además de una indemnización de 400 euros para una de las víctimas y unas de 1080 euros para el también condenado por lesiones y 900 euros para el otro. Los dos tenían antecedentes penales.
Agresión homófoba
En el relato de hechos probados la sentencia deja claro que los dos condenados actuaron «guiados con su animadversión a su orientación sexual y con el fin de mofarse de ellas y humillarlas» y que otro de ellos pegó los testículos al cristal «a modo de mofa y provocación machista». Ellos «obraron movidos por la intención de discriminarlas y por tal motivo las sometieron a un trato humillante y vejatorio que lesionó su dignidad».
Para los jueces, además, «es evidente que las acciones descritas eran objetivamente humillantes y entrañaban un menosprecio hacia la orientación sexual de las destinatarias. Téngase en cuenta que se trata de hechos ocurridos tanto en la vía pública como en el interior del establecimiento, en presencia de clientes y viandantes y que, además, los dos acusados formaban parte de un grupo de al menos unas cinco personas, que presenciaron lo sucedido con regocijo».
Más de 400 víctimas al año
Los datos que recopila anualmente el Ministerio del Interior reflejan que a lo largo de 2017 quedaron registrados 271 incidentes relacionados con la discriminación por la orientación sexual, lo que supone un aumento del 17,8% con respecto al año anterior, la tercera causa de incidentes de odio por detrás del racismo y la ideología. Según la última memoria de la Fiscalía a lo largo de ese año se inocaron más de 70 procedimientos judiciales relacionados con este artículo del Código Penal.
Los datos de Interior también recogen la existencia de un total de 419 víctimas de delitos de odio por su orientación sexual, con una mayoría de hombres y un predominio de víctimas de entre 18 y 40 años de edad. Fueron identificados también 278 agresores, la mayoría hombres, y se esclareció un 75,3% de las agresiones registradas.