La audiencia Provincial se ampara en «la libertad de expresión» y desestima la demanda de la actual ministra de Igualdad contra el escritor y contra la revista de la asociación judicial Francisco de Vitoria, que habían sido sancionados en primera instancia a pagar 70.000 euros
FERNANDO ASUNCIÓN. VOZ PÓPULI.- La Audiencia Provincial de Madrid ha revocado la condena que el juzgado de Instrucción número 38 impuso al autor de un poema sobre la actual ministra de Igualdad, Irene Montero, publicado en 2017 en la revista de la asociación judicial Francisco de Vitoria.
Por aquel entonces, el juez del juzgado de Instrucción consideró que el poema, titulado ‘De monjas a diputadas’ y firmado bajo el pseudónimo ‘El guardabosques de Valsaín’, era «sexista y machista» y «erosionaba» la dignidad de Montero. Por ello, impuso una multa de 50.000 euros a su escritor y de 20.000, repartidos de forma solidaria, a los miembros del comité de redacción por «no supervisar» el contenido. Un pago que finalmente no tendrán que afrontar, al desestimar la Audiencia la demanda interpuesta por Montero, y quedar absueltos de las penas impuestas en 2018.
Los versos del poema insinuaban que las responsabilidades políticas de Montero y de la exdiputada Tania Sánchez se debían a los «apetitos inconstantes» del líder de Podemos y actual vicepresidente del Gobierno, Pablo Iglesias, al asegurar el autor: «En cuanto las ha dejado/No van a un convento cruel/Sino a un escaño elevado/La diputada Montero/ Expareja del ‘coleta’/ Ya no está en el candelero/Por una inquieta bragueta/ Va con Tania al gallinero».
La sentencia, a la que ha tenido acceso Vozpópuli, asegura que «el hecho de que el autor del poema haga comentarios sobre tal relación (en referencia a la pareja que forman Montero y Pablo Iglesias) y la relevancia que entiende puede tener en su posición en el partido y el Congreso de los Diputados, no vulnera el Derecho a la Intimidad, tratándose de una opinión que, como se indicaba anteriormente, queda amparada por la libertad de expresión«.
«Debe además tenerse en cuenta el carácter claramente satírico del poema«, prosigue el escrito, que recuerda que se trata de un género que, «como indica la reseñada jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, se caracteriza por ser ajeno a toda pretensión de reflexión seria y buscar la provocación a través de la exageración y deformación de la realidad, por lo que la limitación a expresarse en dicha forma debe ser analizada con especial atención».
«El poema denota por sí mismo su carácter sarcástico y puramente humorístico, ajeno a toda pretensión de reflexión seria sobre la cuestión. Incluso el seudónimo utilizado -‘El Guardabosques de Valsain’-, afianza dicho carácter, el cual a su vez queda corroborado por los textos que con el mismo seudónimo han sido publicados en la revista de la asociación demandada».
Sentencia de 2018
La sentencia de la Audiencia Provincial contradice a la que emitió en 2018 el juzgado de Instrucción, que entonces consideraba que el texto se trataba de una expresión de valoraciones de su autor sobre la demandante que erosiona explícitamente su dignidad», señalando que el poema comportaba «un ultraje y ofensa para Montero como persona y mujer».
Para dicho juez, las expresiones proferidas por el autor eran «simples expansiones desde una posición sexista y machista, gravemente peyorativas para la mujer» que, además de «insidiosas e infames», resultaban ser «vejaciones». «Dichos términos, aisladamente y en su conjunto, comportan insulto, insidia y vejación grave para la propia estima de la demandante», añadía la sentencia para justificar que el contenido no podía gozar de la protección de la libertad de expresión.
Algo que ahora niega la Audiencia Provincial, aludiendo a que «la afrenta al honor que pueda suponer el texto a enjuiciar no ha de analizar expresiones aisladas, debiendo ser analizado en su conjunto, de tal manera que, expresiones que aisladamente podrían resultar ofensivas, al ser evaluadas en su contexto y en relación con el conjunto quedan amparadas por la libertad de expresión».
«La Libertad de Expresión puede hacerse valer a través de escritos de tono burlesco o satírico, lo cual cuenta con una larga tradición literaria y periodística, mantenida incluso en tiempos en los que existía la censura previa