El abogado que ejerce la acción popular mantiene que el veredicto es «ilógico» y está «insuficientemente» motivado
MARTA GARÚ. HERALDO DE ARAGÓN.- «Contradicciones», «falta de motivación», «irregularidades que causaron indefensión», «quebrantamiento de garantías procesales«, estas son algunas de la causas que alega la acusación popular, ejercida por el letrado de Vox contra Rodrigo Lanza por la muerte de Víctor Laínez, para pedir al Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA )que anule el juicio y ordene a la Audiencia Provincial de Zaragoza que lo repita.
Lanza fue condenado a cinco años de prisión después de que un jurado popular lo declarara culpable de un delito de lesiones dolosas en concurso con un homicidio imprudente.
Nada más conocer el veredicto, las acusaciones particulares y la Fiscalía, que acusaban al procesado de asesinato y pedían 25 años de cárcel, anunciaron que iban a apelar el fallo y pedir la nulidad del juicio. Este lunes, último día de plazo para presentar los recursos, fueron recibidos en el TSJA.
El abogado David Arranz, en representación de Vox, advierte en su escrito de las «irregularidades» apreciadas tanto en el objeto del veredicto donde se «mezclan» en una misma pregunta «hechos favorables y desfavorables», como en las respuestas del jurado.
Afirma que este introdujo «modificaciones» para «completar» el objeto del veredicto y cita varios ejemplos, entre ellos que en la afirmación: «Que poco después se sentaron en una zona de barra y un acompañante de Rodrigo Lanza, Pablo M., le dijo al acusado que Víctor Laínez era de extrema derecha o neonazi».
En esta pregunta –considerada un hecho desfavorable para Lanza y que se declaró probado–, el jurado añadió: «No queda acreditado que en ocasiones llevaba tirantes con los colores de la bandera española».
El abogado menciona otras preguntas y expone que algunas «no se separan adecuadamente por párrafos» o se mezclan hechos favorables con desfavorables y otros susceptibles de tenerse por probados o no. «Y más aún con las modificaciones y matices del jurado», indica.
David Arranz cuestiona que no se diera traslado a las partes del del acta del veredicto y, por tanto, no pudieron poner de relieve sus «irregularidades» o falta de «coherencia». Añade que el magistrado-presidente debería haber devuelto de oficio al jurado las preguntas al apreciar las contradicciones.
En su recurso, expone igualmente que no se formularon adecuadamente cuestiones tan importantes como la que contenía la intención directa de matar o el posible dolo eventual. Ambas se hicieron en la misma pregunta cuando, a su juicio, deberían haber sido dos diferenciadas.
Arranz mantiene que, si bien al jurado «no hay que exigirle tecnicismos, discursos jurídicos o intelectualmente muy elaborados», sí se le pide una «argumenación básica que esté al alcance de cualquier ciudadano».
«En este caso –argumenta–, el veredicto no solo está insuficientemente motivado,sino que adolece de graves vicios que llevan a la inexistencia de motivación por ser en ocasiones ilógicas, incongruentes, incoherentes o irracionales las conclusiones a las que llegan en función de los hechos que consideran probados y de las pruebas en que pretenden fundamentarlas».
Para el abogado es clave la prueba forense, pues los jurados acogieron la tesis de los médicos del Instituto de Medicina Legal de Aragón de que la víctima falleció por severos traumatismos craneales y faciales causados por múltiples golpes, y luego consideraron probado que murió por la lesión causada al golpearse la cabeza contra el suelo.
El letrado dedica un apartado de su recurso a exponer que, «sin ánimo ninguno de menospreciar o atacar de forma gratuita o inapropiada» la labor del magistrado-presidente del Jurado -del que dice que trató de dirigir el complejo proceso lo mejor que pudo y supo en un caso tan mediático- y sin juzgar o criticar al abogado defensor, Endika Zulueta, el magistrado dispensó un trato más «amable», «ventajoso» y «cómodo» que a las tres acusaciones, incluida la fiscal.
Recuerda que en la fase de conclusiones se permitió a la defensa exhibir documentos en formato muy grande a modo de carteles, donde se incluían fotografías de miembros del partido Vox que por homenajear a la víctima se habían colocado tirantes de la bandera de España, noticias de periódicos donde se tildaba a Rodrigo Lanza del “asesino de los tirantes”, o artículos de prensa donde para casos extremos el partido político Vox solicitaba penas de prisión permanente revisable (raptos y violación de menores y asesinatos).
«Ni que decir tiene que tales documentos no existían en los autos, ni que nada tenían que ver con el objeto directo de la causa que nos ocupaba, más cuando el letrado que suscribe trató de ser especialmente escrupuloso en no utilizar ni dirigir ningún tipo de mensaje político de su formación ni comentar nada político o ideológico ( salvo lo justo en lo relativo al agravante ideológico estimado por el jurado y la sentencia ) en aras a respetar tanto al Tribunal, como al magistrado y al foro donde me hallaba, jurídico y no político», señala en su escrito de 32 páginas.