El Espectador.- Una jueza concluyó que el hotel lo discriminó por ser afro. También le ordenó formar a su personal en derechos humanos y no discriminación para evitar hechos así en el futuro.
“Tienes que quitarte eso”, fueron las palabras que, según recuerda Víctor Padilla le dijo la gerente de recursos humanos del hotel Cartagena Plaza mientras le señalaba su cabello. Era la condición para contratarlo como empleado, luego de haber hecho sus prácticas en esa empresa y haber atravesado un proceso de selección exitosamente. Padilla, de 23 años, lleva el pelo largo y crespo, como una forma de representar su herencia afro. Aunque no continuó en el proceso de selección, ahora el hotel le tendrá que pedir disculpas.
Así lo ordenó el Juzgado Tercero de Familia de Cartagena, que concluyó que el hotel actuó de manera racista, discriminó a Víctor Padilla y, así, vulneró su derecho a la igualdad y al desarrollo de su personalidad. En un fallo de tutela, la jueza del caso le ordenó al hotel Cartagena Plaza pedirle disculpas públicas a Padilla y formar a su personal en derechos fundamentales y no discriminación. Aunque los abogados de Padilla pidieron formación en el mismo sentido para todo el sector turístico de Cartagena, la jueza negó esa solicitud.
En el fallo se lee: “la entidad accionada, por medio de la gerente de Recursos Humanos, le exigió como requisito para poder seguir en el proceso de selección para el cargo de aprendiz del SENA, que se cortara el cabello, siendo que este hace parte de su estilo de vida como actor, además que lo identifica como afrocolombiano de lo cual se siente orgulloso. En todos los escenarios habla con amor y fervor con respecto a su cabello, esto conlleva a una forma de discriminación que como bien es sabido se encuentra proscrita, afectando sus derechos a la igualdad y libre desarrollo de la personalidad”.
La jueza fue más allá del caso en concreto de Víctor Padilla y señaló: “En Colombia nos encontramos frente a situaciones de discriminación que deben ser una invitación a la reflexión ya que el concepto de discriminación mismo, pone de presente situaciones en que el actuar de alguien, limita los derechos de los demás, derecho por ejemplo a vestir y peinarse de acuerdo con sus lógicas personales en razón de su pertenencia étnica”. Fue entonces que, como pedía el demandante, ordenó medidas para que situaciones así no se repitan en la ciudad.
Para concluir que hubo discriminación, la jueza tuvo en cuenta cuatro puntos clave, según lo ha definido la Corte Constitucional. Primero, que había una “relación de poder entre el sujeto pasivo de la discriminación y quien despliega la conducta reprochable e inconstitucional”. En este caso, Víctor Padilla buscaba dejar de ser aprendiza para entrar a ser empleado del hotel y la gerente de recursos humanos, quien lo discriminó, era la encargada de tomar esa decisión. En esta parte, la jueza incluso citó trabajos de los pensadores Max Weber y Michel Foucault sobre asimetrías de poder.