Faro de Vigo. – Los hechos ocurrieron en la terraza de un bar | El juez sentencia por lesiones leves y amenazas | Considera probado que atacaron “sin provocación previa” a las dos víctimas
Tres vecinos de Bueu –un matrimonio y el padre del marido– han sido condenados a multas que suman casi 2.300 euros por agredir y amenazar a la madre y a la novia de su hija y nieta. Los hechos ocurrieron el pasado verano en la terraza de un establecimiento público del municipio y fue necesaria la intervención de terceras personas y de la Policía Local de Bueu para frenar la agresión, en la que hubo bofetadas, tirones de pelo y golpes. La jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Marín considera probado que los acusados incurrieron en un delito de lesiones leves y amenazas.
La sentencia no hace referencia a un posible delito de odio por orientación sexual, un supuesto que está recogido en el Código Penal, pero afirma que las penas impuestas a los tres condenados son superiores al tipo mínimo que establece la ley para los delitos de lesiones leves y amenazas. Un castigo que se debe “a la reacción agresiva mostrada” y porque se produjeron “sin provocación previa”.
Los hechos ocurrieron el 16 de julio en la terraza de un establecimiento estaban una mujer, su hija y la novia de esta. En un momento dado, la segunda joven fue a su casa, que estaba en la misma zona, a recoger algunas pertenencias. Fue en ese instante cuando en el interior del inmueble comenzó una discusión, el padre de la chica salió a la ventana y se dirigió a la novia de su hija gritando “que la iba a matar”.
El relato de los hechos probados que figura en la sentencia explica que a continuación el hombre salió de la vivienda seguido de su esposa y del abuelo paterno. Los tres se dirigieron a la terraza. Comenzó entonces una pelea en la que la chica recibió dos bofetadas por parte del padre de su pareja y evitó que agrediese a su madre. En esa trifulca hubo tirones del pelo, zarandeos e insultos. Al lugar acudió una patrulla de la Policía Local.
La joven explicó en sede judicial que fue testigo de como su padre “amenazaba de muerte” a su novia desde la ventana y que una vez en la terraza del bar “se vio obligada a intervenir para defender a su pareja puesto que su padre, madre y abuelo comenzaron a agredirlas”. En el juicio también declaró otro testigo, un amigo de las víctimas, que ofreció una declaración “creíble y coincidente” con las explicaciones de las agredidas.
La jueza considera que lo ocurrido en la terraza de aquel bar de Bueu es constitutivo de un delito leve de lesiones y amenazas y lamenta que los acusados “dejaron voluntariamente de comparecer al acto de la vista [el juicio], privándonos, de este modo, de conocer su versión acerca de lo sucedido”.
Así, la sentencia condena al padre como autor de dos delitos leves de lesiones y de un delito leve de amenazas. La madre recibe una condena por dos delitos leves de lesiones. El abuelo es condenado como autor de dos delitos leves de lesiones.
La jueza no hace mención en ningún momento de la sentencia a la posible concurrencia de un delito de odio, pese a que parece evidente que la agresión se debe la orientación sexual de las dos jóvenes.