Las cifras del odio en Sevilla

| 4 abril, 2016

 

Los delitos contra los derechos humanos cayeron más de la mitad en la provincia de Sevilla en 2015, donde se registraron 34 casos por los 80 del año anterior

FERNANDO PÉREZ ÁVILA. EL DIARIO DE SEVILLA.- Los delitos de odio han caído en Sevilla más de la mitad en sólo un año. En concreto han bajado un 58,5% en el año 2015 en relación con 2014. En este ejercicio se registraron 34 casos, mientras que el año anterior se cerró con 80. De los 34 episodios gestionados por las Fuerzas de Seguridad en la provincia de Sevilla, 15 fueron ataques de tipo racista o xenófobos, 13 a discapacitados, cuatro por motivos ideológicos, uno por la orientación o identidad sexual de la víctima y otro por su raza o género.

Así consta en el informe sobre incidentes relacionados con los delitos de odio en España, correspondiente al año 2015 y publicado recientemente por el Ministerio del Interior. Desde hace tres años, este tipo de delitos tienen una calificación especial para distinguirlos de las infracciones comunes y perseguirlos y castigarlos de manera más contundente. El Ministerio define como delitos de odio «todas aquellas infracciones penales y administrativas cometidas contra las personas o la propiedad por cuestiones de raza, etnia, religión o práctica religiosa, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, por razones de género, situación de pobreza y exclusión social o cualquier otro factor similar, como las diferencias ideológicas». El término recoge, en definitiva, toda aquella conducta que atente contra los derechos humanos.

El Gobierno ha realizado varias modificaciones legales para perseguir con más ahínco este tipo de prácticas. Así, en el año 2014 elaboró un protocolo de actuación para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, que ya se actualizó al año siguiente.

Esta medida policial ha ido acompañada de otras reformas legislativas. La más importante ha sido la modificación del Código Penal y, en concreto, del artículo 510 del mismo. La nueva regulación tipifica dos grandes grupos de conducta. Por una parte, y con una penalidad mayor, están «las acciones de incitación al odio o la violencia contra grupos o individuos por motivos racistas». Por otra, se castigan los actos de humillación o menosprecio, así como el enaltecimiento o la justificación de los delitos. La reforma del Código Penal también ha ampliado la terminología, ya que ahora se incluyen conceptos como «hostilidad, menosprecio, humillación y descrédito» a los ya existentes de «odio, violencia y discriminación».

Una de las piezas clave de esta modificación legal es la regulación concreta que hace en el caso de aquellos delitos cometidos a través de internet u otros medios de comunicación social de gran difusión. El Código Penal habilita ya a los jueces a destruir, borrar o inutilizar los libros, archivos, documentos, artículos y cualquier clase de soporte objeto de este tipo delictivo. También pueden bloquear o interrumpir la actividad de los sitios que ofrezcan este material.

Para que esta medida sea más efectiva, Interior ha firmado un convenio de ciberdelincuencia con otros países europeos para poder ejercer investigaciones transfronterizas. A partir de ahora, la ley equipara los antecedentes penales en los países firmantes de este acuerdo a los de España. Es decir, si un sospechoso comete un delito en España y tiene antecedentes en otro país de la UE, se le considerará reincidente a pesar de que no haya sido detenido nunca antes en España.

Además, la Policía y la Guardia Civil han puesto en marcha también la figura del agente encubierto informático y otra serie de medidas para investigar la difusión de mensajes ofensivos que incitan al odio y la violencia en las redes sociales y otras publicaciones de internet. Otra figura que se ha creado es la del interlocutor social, con el que la Policía está tejiendo una red a nivel nacional de relaciones con asociaciones y ONG de víctimas y de defensa de los derechos humanos. En el capítulo penal, se ha incorporado la inhabilitación especial para la profesión educativa, tanto en el ámbito docente, como deportivo y de tiempo libre, para quienes resulten condenados por estos hechos.

Para que todo este entramado funcione, lo prioritario es conocer la realidad de los delitos de odio en España. La herramienta fundamental es la estadística, que empieza en la propia calificación de los delitos por parte de la Policía y la Guardia Civil -o los Mossos d’Esquadra, la Ertzaintza y la Policía Foral en el caso de Cataluña, el País Vasco y Navarra- a la hora de recoger las denuncias de las víctimas. Tanto en 2014 como en 2015 se han elaborado informes sobre delitos de odio con los datos estadísticos de toda España.

En el caso de Sevilla, la diferencia entre los estudios de ambos años es más que notable. En 2014 las comisarías y cuarteles de la provincia tramitaron 80 casos, mientras que en 2015 esa cifra se quedó en 34. Es decir, menos de la mitad. No es descartable que esta caída se deba principalmente a un cambio metodológico a la hora de calificar un determinado delito como de odio, más que a una bajada real de los casos. Eso explicaría, por ejemplo, que los episodios de homofobia hayan pasado de 63 en el año 2014 a sólo uno en 2015.

En cualquier caso, Sevilla está en un lugar medio en cuanto a incidentes de odio en el conjunto global de España. La provincia ocupa el puesto número 10 en casos totales, un lugar que no debe preocupar demasiado a las autoridades si se tiene en cuenta el número de habitantes. Provincias menos pobladas que Sevilla están por encima de ella en número de incidentes. La lista la encabeza Barcelona, con 215 casos en 2015, y le sigue Madrid con 159. El tercer puesto es para Vizcaya, con 126, seguida de Valencia, con 65, y de Guipúzcoa, con 52. Toledo es la sexta provincia, con 42 casos. La séptima plaza es para La Coruña, con 41, seguida de Alicante, con 39, y Tarragona, con 36. Los 34 episodios registrados en Sevilla completan el top ten de delitos de odio por provincias españolas.

Pese a estas cifras aparentemente bajas en cuanto a incidentes de odio en general, sí hay un aspecto concreto que debería preocupar más. Es el caso de los discapacitados, que sufrieron 13 ataques o agresiones en la provincia en 2015. Esto coloca a Sevilla en el cuarto puesto en cuanto a incidentes relacionados con discapacitados, sólo por detrás de Madrid, donde se registraron 28 casos, Valencia, con 22, y Alicante, con 19. Los ataques a discapacitados, además, casi se han multiplicado por dos en Sevilla en un año, ya que pasaron de 7 en 2014 a los 13 de 2015.

El número de víctimas es muy parecido al de casos. El Ministerio del Interior emplea el término victimizaciones y explica que una misma persona puede sufrir más de un ataque relacionado con el odio a lo largo del año. Ese caso sólo se dio en Sevilla en una ocasión el año pasado, ya que Interior ha registrado 33 victimizaciones. En relación con el año anterior también es una cifra que ha caído más de la mitad, ya que fueron 77 las personas que sufrieron estos episodios.

El informe también recoge la labor de las Fuerzas de Seguridad. En 2015 fueron detenidas o imputadas nueve personas por estos delitos, y se consideraron esclarecidos 23 hechos. De ellos, diez tenían que ver con la discapacidad, ocho con el racismo, tres con la ideología, uno con la orientación sexual y otro con la discriminación por género. El año anterior, el número de detenciones fue de 21. Interior explica que un hecho se considera esclarecido cuando se detiene al autor in fraganti, cuando se identifica plenamente al autor o a alguno de los autores, sin necesidad de que esté detenido, aunque se encuentre en una situación de libertad provisional, huido o muerto. Igualmente, también se estima que un delito queda esclarecido cuando existe una confesión verificada, pruebas sólidas o una combinación de ambos elementos, o bien cuando la investigación revele que, en realidad, no hubo infracción.

HISTÓRICO

Enlaces internacionales