La primera directiva de la UE sobre violencia contra las mujeres encalla por las diferencias ante un ‘solo sí es sí’ europeo

| 12 noviembre, 2023

20 Minutos.- La Unión Europea (UE) lleva meses trabajando en la que será la primera directiva de violencia contra las mujeres. Un documento que impondrá unos mínimos legislativos a los 27 Estados miembros en asuntos relativos a la violencia machista y que ya ha levantado ampollas en el proceso de negociación en torno a cuestiones muy concretas. El mayor escollo está siendo la inclusión del delito de violación con una definición parecida a la ley del ‘solo sí es sí’ española, lo que ha provocado la alarma de múltiples organizaciones que han pedido contundencia con el asunto.

La iniciativa echó a andar en marzo de 2022, cuando la Comisión Europea (CE) presentó una propuesta en la que sugería tipificar como delitos la violación basada en la falta de con sentimiento, la mutilación genital femenina y cuatro formas de ciberviolencia. A su paso por el Parlamento Europeo, y tras recibir más de 1.500 enmiendas, los grupos aprobaron un informe en el que, en lo relativo a las agresiones sexuales, defendían dejar atrás la condición de la fuerza o la violencia y partir del modelo de consentimiento. Es decir, que cualquier acto sexual no consentido sea considerado una violación, como se hizo aquí en España con la ley de libertad sexual (la del ‘sí es sí’), aprobada en octubre de 2022.

Esa tipificación de la violación, no obstante, ha pasado a ser el principal escollo en la negociación de los países miembros en el Consejo de la UE. «Los Estados han hecho una propuesta muy limitada que reduce muchos de los puntos que la Comisión propuso, y ya no llegamos a los estándares que marca el Convenio de Estambul», lamenta a 20minutos Irene Rosales, coordinadora de campañas de influencia política en European Women’s Lobby. Unos ocho países han propuesto eliminar el delito de violación porque no consideran que deba regularse a nivel europeo y alegan que se estaría llevando a cabo una «interpretación demasiado extensa» del eurocrimen de explotación sexual. 

Un ‘solo sí es sí’ europeo

El problema es que, si no se incluye en esa directiva, el delito de violación seguirá sin tener una definición común en toda la UE sobre la cual se base la legislación de cada país. La propuesta inicial de la Comisión planteaba regular las agresiones sexuales imponiendo unos umbrales mínimos, para que los Estados miembros no puedan tener en su Código Penal condenas máximas de menos de ocho años de prisión para las violaciones (de 10 años si hay agravantes, como que la víctima tenga una discapacidad, sea menor, que el agresor sea reincidente o haya algún tipo de vínculo familiar), y la obligación de que el delito no prescriba hasta que no hayan pasado 20 años.

Aunque lo realmente importante era el cambio de paradigma en la concreción de ese delito. El documento marcaba la falta de consentimiento como un «elemento esencial y constitutivo de la definición de la violación, ya que a menudo su perpetración no conlleva violencia física ni uso de la fuerza«, pese a que muchos países siguen exigiendo esas dos condiciones para considerar que la víctima no consintió. Fijar como único criterio la falta de consentimiento es, para la Comisión, la única opción de lograr la «plena protección» de la integridad sexual de las víctimas. 

Cuenta atrás para sacar adelante la directiva

Pero, ante la negativa de algunos países a incluir ese punto concreto, la directiva podría salir adelante sin ese delito. «Eran cuatro las propuestas de armonización de crímenes que se proponían, y la que se cae es la más grave y la que afecta a más mujeres», denuncia Rosales. Para que la iniciativa se apruebe en los mismos términos se requiere de una mayoría cualificada en la votación, eso es, del ‘sí’ de 15 países y el 65% de la población. «Francia y Alemania son clave, y es muy preocupante que sean justo quienes están ejerciendo su peso en la negociación para bloquearlo», explica la integrante del lobby europeo. 

Los países en contra de incluir la violación, cuenta Rosales, «no plantean siquiera una alternativa a otro tipo de definición. Alegan que su postura es inmutable. Es muy grave que no estén dispuestos a contemplar la propuesta que ha hecho el Parlamento con una clara mayoría».

Para la integrante del European Women’s Lobby, sería una «grandísima pérdida» que la directiva saliese adelante sin el artículo de la violación. «Nosotros lo que esperamos es que salga una directiva que con el tiempo podamos mejorar, y si ni siquiera está ese artículo, va a ser muy difícil», sostiene. Además, añade, el tiempo apremia. «El marco temporal es muy corto porque la siguiente presidencia es la belga y tiene que conseguir que la negociación haya terminado, como tarde, a finales de febrero. El problema es que después de las elecciones la presidencia siguiente es Hungría, y sabemos que es un país que no tiene este tema entre sus prioridades». 

Un cambio de paradigma para 15 países

La ventaja del modelo del ‘sí es sí’, explica Rosales, reside en que, aparte de ser un cambio de perspectiva, «deja de poner el foco en la víctima, ya no le hace demostrar qué hizo, qué no hizo, qué llevaba puesto, etc.». La directiva, y la armonización de la definición de violación que en un principio hace, beneficiaría a unos 15 países que todavía mantienen un modelo distinto. 

Según un análisis del lobby, en la UE hay 11 Estados miembros que siguen manteniendo definiciones de violación basadas en la resistencia a la fuerza o la amenaza como elemento principal del delito: Bulgaria, República Checa, Estonia, Francia, Hungría, Italia, Letonia, Lituania, Polonia, Rumanía y Eslovaquia. De hecho, en países como Lituania, la violación conyugal o en el contexto de una relación no se considera como tal. 

Luego hay países como Austria o Alemania que, pese a que han modificado su legislación, han adoptado su definición de consentimiento basada en el ‘no es no’ que, según denuncia el grupo de presión de mujeres, «sigue imponiendo a la víctima la carga de demostrar que se resistió a decir no verbalmente». 

Así, son 16 los Estados miembros de la UE que ya tienen en sus legislaciones definiciones basadas en el consentimiento como principal elemento constitutivo del delito: Suecia, Irlanda, Bélgica, Croacia, Chipre, Dinamarca, Finlandia, Grecia, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Portugal, Eslovenia y España. Aunque Chipre y Portugal todavía tienen leyes en las que prevalecen los elementos de la fuerza sobre el consentimiento en casos concretos. 

Ante esta situación, más de 100 expertos jurídicos de la UE han firmado una carta abierta para exigir que se mantenga en la directiva, proporcionando argumentos legales que, aseguran, «refutan las excusas de los Estados miembros». «Vemos que hay una tendencia positiva en tanto en cuanto hay algunos países que están entendiendo la demanda de las asociaciones de mujeres y están empezando a escucharnos. Vamos a hacer todos los esfuerzos que tenemos en nuestra mano para conseguir cambiar esta tendencia», concluye Rosales.

HISTÓRICO

Enlaces internacionales