La representación legal de Cristina Maestre señala que la indemnización se donará a entidades que se dediquen a defender los derechos de las mujeres, señalando que son «acreedoras morales» de la reparación de daños exigible de comportamientos como el demandado. La demanda señala también que las disculpas de José Luis Valladolid, alcalde de Villares del Saz, no se aceptan como sinceras, al haber estado motivadas por las «enormes consecuencias de su acción»
EUROPA PRESS.- La portavoz del PSOE de Castilla-La Mancha, Cristina Maestre, ha presentado ante el Juzgado de Primera Instancia de Daimiel (Ciudad Real) una demanda de juicio ordinario contra el alcalde ‘popular’ de Villares del Saz (Cuenca), José Luis Valladolid, reclamando protección a su honor después de que el primer edil se refiriera a ella como «puta barata podemita» a través de la red social Facebook.
En la demanda, a la que ha tenido acceso Europa Press, la representante legal de Cristina Maestre solicita además una indemnización de 8.000 euros, los cuales, precisa, serían donados a entidades sin ánimo de lucro que se dediquen a defender los derechos de las mujeres, al considerarlas «acreedoras morales de la reparación de daños exigible a comportamientos como el del demandado».
Según la demanda, la utilización de la expresión ‘puta barata’ «suele ir asociada a un desprecio hacia las mujeres en general y es considerada socialmente como machista».
Entiende además que estas expresiones tuvieron «la intención clara de injuriar y de herir la dignidad» de Cristina Maestre, vertiendo estas expresiones «en un contexto de repercusión pública amplia a sabiendas de su trascendencia y difusión»,
Se refiere la demanda a las posteriores disculpas del demandado, «que no pueden ser sinceras por cuanto no fueron hechas de inmediato y estuvieron motivadas por las enormes consecuencias de su acción y el evidente perjuicio político que para él y su partido tuvieron las mismas».
INSULTO «GRATUITO»
En el texto de la demanda, la representación legal de la portavoz socialista asegura que el insulto se produce «de forma aislada y gratuita, y no existe siquiera un contexto más amplio, ni un razonamiento que lo acompañe, por lo que se ha de concluir que el ánimo del demandado era simplemente insultar, menospreciar, humillar y vejar».
Entiende además que debido a la «enorme difusión» del hecho «el daño moral producido es incalculable, ya que la mandante, por su perfil público, se vio obligada a atender a medios de comunicación durante esos días, con numerosas apariciones en radio y televisión».