El Confidencial.- La Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado seguir investigando la muerte hace nueve años del ultra del Deportivo de La Coruña, Francisco Javier Romero Taboada, alias Jimmy. En un auto al que ha tenido acceso El Confidencial, revoca la decisión del juzgado de poner punto final a la investigación al no hallar pruebas contra nadie por estos hechos. La Audiencia Provincial considera, en cambio, que sí “hay evidentes indicios delictivos para reputar autores a los investigados identificados” por las acusaciones que ejerce la Fiscalía, LaLiga, la familia del fallecido y otro seguidor radical gallego que resultó herido. En concreto, los jueces se refieren a cinco presuntos ultras del Atlético de Madrid a los que ubica en la pelea entre radicales de ambos equipos en los aledaños del estadio Vicente Calderón aquel 30 de noviembre de 2014.
El caso se investiga desde hace casi una década en el Juzgado de Instrucción Número 20 de Madrid. Han sido varios los magistrados que se han encargado en todo este tiempo y a día de hoy no hay ningún imputado ni procesado. No es la primera vez que la Audiencia Provincial se opone al cierre de las pesquisas y ordena nuevas diligencias. La ocasión anterior, ordenó hallar e interrogar a una mujer que mantuvo una relación sentimental con un radical del Atleti al que dijo haber escuchado cómo se jactó de haber tirado a Jimmy al río Manzanares. Según los informes médicos, el ultra del Dépor falleció producto de los golpes sufridos en el marco de la pelea entre ambos grupos. Cuando lo lanzaron al río, todavía estaba con vida.
El juzgado no otorgó valor a las palabras de esta mujer y el 10 de noviembre de 2021 dictó un auto en el que declaró no haber lugar a procesar a persona alguna por los presuntos delitos de homicidio y de lesiones a otro seguidor radical del conjunto gallego. En un segundo auto, dictado en mayo de 2022, el juzgado acordó el final de la investigación. Esta es la decisión que ahora enmiendan los tres jueces que componen la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid.
A su modo de ver, el testimonio prestado por la mujer en junio de 2021 sí es creíble: “Hablando en los términos indiciarios propios de la fase procesal en la que nos encontramos, las palabras que la testigo afirmó oír fueron del tenor siguiente: ‘Yo tiré a Jimmy al río, yo lo tiré… Mira ese soy yo… Sí, yo lo tiré, yo me lo cargué’. Se trata de un testimonio no de referencia, sino directo, al referirse a la percepción sensorial inmediata de una espontánea declaración autoinculpatoria”. Esta apreciación es importante porque el testimonio de esta mujer que señala a su expareja se suma al testimonio ofrecido por otro testigo, que también señaló a ese ultra como uno de los autores de los hechos.
Sin embargo, la credibilidad de ese segundo testigo también ha sido cuestionada a lo largo de los casi 10 años de investigación. La muerte de Jimmy ha provocado hasta tres procedimientos distintos. Uno de ellos es este que hace referencia al homicidio, todavía pendiente. Hubo otro sobre la riña tumultuaria entre los Riazor Blues y el Frente Atlético que se saldó ya con penas menores para decenas de ultras de ambos equipos. Además, hubo una tercera derivada contra un menor acusado de haber participado en la muerte de Jimmy. Al ser menor de edad, se estudió en un procedimiento aparte del de los mayores. El único acusado terminó absuelto y uno de los motivos fue la poca credibilidad del citado testigo que también identificó al exnovio de la mujer interrogada en junio de 2021.
Ahora, la Audiencia Provincial se opone al cierre en falso del caso, aunque no ordena ninguna diligencia nueva: “En lo que se refiere a las diligencias a practicar, las mismas quedan condicionadas al encauzamiento procedimental que se siga”. Sí recuerda el auto que queda por completarse un informe pericial que pidió LaLiga en 2021, pero el auto concluye, “en todo caso”, que ya “hay indicios bastantes para procesar a los investigados que indican las acusaciones”. Ahora será el juzgado el que en virtud de esta resolución adopte una decisión al respecto, ya sea solicitar nuevas pruebas o procesar a los señalados como ordena esta instancia superior.