Tres víctimas de torturas del policía González Pacheco presentarán en los próximos días reclamaciones ante la ONU al considerar que España ha incumplido el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos por negarse a investigar sus denuncias por torturas contra el que fuera miembro de la Brigada Político y Social de la Policía franquista
ALEJANDRO TORRÚS. PÚBLICO.- La impunidad del torturador Antonio González Pacheco, alias Billy el Niño, llega a la ONU. Tres víctimas de la dictadura franquista presentarán en los próximos días sendas reclamaciones ante el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas para denunciar que España ha violado su derecho a acceder a la Justicia en igualdad de condiciones a las de cualquier otro ciudadano al rechazar investigar las torturas que sufrieron de manos del expolicía durante la última etapa de la dictadura franquista.
Se trata de los casos de Felisa Echegoyen, que sufrió los golpes en 1974; Chato Galante, que fue torturado hasta en tres ocasiones por el expolicía; y de Ángela Gutiérrez. Las tres víctimas denunciaron a González Pacheco en España, pero la Justicia española considera que estos delitos están prescritos al no considerarlos crímenes de lesa humanidad. Asimismo, el Constitucional también cerró las puertas a sus peticiones de amparo argumentando que carecían de relevancia constitucional.
Ahora, las tres víctimas acuden al Comité para denunciar que España ha incumplido el artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que España ratificó el 13 de abril de 1977, que garantiza el acceso a la Justicia de todos los ciudadanos en condiciones de igualdad y el derecho a un juicio justo por un tribunal imparcial.
El Comité de Derechos Humanos de la ONU es, de hecho, el órgano encargado de velar por el cumplimiento de este Pacto y nació expresamente para fiscalizar si los países firmantes están cumpliendo con lo ratificado. «Creo que es la primera vez que se pide a este Comité que se pronuncie sobre la negativa del Estado español a juzgar las torturas que sufrieron muchos ciudadanos durante el tardofranquismo», explica a PúblicoJacinto Lara, abogado de la CEAQUA.
No obstante, estas no serán las únicas reclamaciones que llegarán en las próximas fechas al Consejo. Próximamente, se presentarán también otras reclamaciones de víctimas de torturas policiales durante el tardofranquismo que también han sido rechazadas en los tribunales españoles.
Las posibles recomendaciones y sus consecuencias
El Comité de Derechos Humanos, tras recibir las reclamaciones por parte de los ciudadanos españoles, tendrá que emitir un dictamen en el que bien rechaza que España haya violado el artículo 14 del Pacto o, por contra, considera que sí que ha sido violado el derecho de acceso a la Justicia de las víctimas de la dictadura franquista.
«Nosotros buscamos un pronunciamiento del Comité contrario a la política de impunidad mantenida por el Estado español. Además, el Comité, en su dictamen, puede incluir una serie de recomendaciones a España dirigidas a acabar con la situación de incumplimiento de un artículo del Pacto. Estas recomendaciones podrían ser, por ejemplo, la derogación de la Ley de Amnistía de 1977. El Estado no ha creado ningún organismo, protocolo o mecanismo para incorporar las recomendaciones que salgan del Consejo de DDHH de la ONU
Los dictámenes del Comité de Derechos Humanos de la ONU son, en teoría, de obligado cumplimiento para España. Sin embargo, el Estado no ha creado ningún organismo, protocolo o mecanismo para incorporar las recomendaciones que salgan de este órgano al derecho interno, por lo que en la actualidad su cumplimiento está quedando en manos del juez que reciba futuras denuncias relacionadas con el objeto de la recomendación.
No obstante, la Sala III de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo señaló en 2018 que la «inexistencia de un procedimiento específico de ejecución de los dictámenes» de este Comité y otros similares, como el Comité de Derechos Económicos, «es en sí mismo un incumplimiento de un mandato legal y constitucional por parte de España» ya que «el derecho internacional y las obligaciones internacionales contraídas por España son derecho que el Estado, como Estado democrático de derecho, debe respetar y aplicar efectivamente de manera que los derechos y libertades que la Constitución y los tratados internacionales celebrados por España proclaman, sean reales y concretos».
Así, tal y como señala el catedrático de Derecho de la Universidad de Murcia Césareo Gutiérrez, en un artículo de Eduardo Bayona, los dictámenes de los organismos de la ONU que vigilan el cumplimiento de tratados internacionales son de aplicación directa en España «sin que sea preciso adoptar una normativa expresa».
«Los tratados sobre Derechos Humanos, en particular aquellos que crean órganos internacionales de control, son derecho español si nuestro país se vincula a ellos y deben ser cumplidos«, anota el catedrático. Asimismo, Gutiérrez señala que «las decisiones de esos comités deben ser aplicadas por los órganos del Estado» y «tenerse en cuenta como elementos interpretativos de los derechos y libertades reconocidos por nuestra Constitución».