La Audiencia de Barcelona condenó por abusos y no por agresión sexual la violación grupal de una menor de 14 años
TONI MUÑOZ. LA VANGUARDIA.- La Fiscalía de Barcelona ha decidido recurrir la sentencia de la Manada de Manresa que en contra de su criterio condenó por abusos y no por agresión sexual a cinco jóvenes que violaron por turnos a una joven de 14 años. El Ministerio Público quiere que el fallo sea corregido en la línea de lo que dictó el Tribunal Supremo con la Manada de Pamplona.
La Audiencia de Barcelona impuso unas penas de 10 a 12 años de prisión al considerar que no había dudas de que esa acción encajaba dentro del delito de abuso sexual puesto que los violadores no tuvieron que recurrir a la violencia ni a la intimidación porque la víctima estaba inconsciente tras haber injerido alcohol y marihuana. “Estaba en estado de inconsciencia, sin saber qué hacía y no hacía, y consecuentemente, sin poder determinarse y aceptar u oponerse a las relaciones sexuales que con ella mantuvieron la mayor parte de los procesados”, subraya la sentencia.
Superioridad numérica
El tribunal recriminó en su sentencia el cambio de criterio de la Fiscalía que al principio del juicio pedía una condena para los acusados por abusos sexual, pero que cambió al finalizar la vista al percibir que a la víctima “no se le podía exigir ser una heroína”. El Ministerio Público consideraba que los procesados se valieron de su superioridad numérica y el estado de ebriedad de la víctima para intimidarla y agredirla sexualmente.
Violación por turnos
Los hechos ocurrieron en octubre de 2016 durante un botellón organizado en una nave abandonada de Manresa. Un joven, amigo de la víctima, condujo a la menor a una caseta abandonada y después de intentar forzarla conminó a sus amigos a violarla por turnos. Un sexto hombre, de 37 años, que al parecer se estaba masturbando durante la violación, quedó absuelto del delito de omisión de auxilio después de que el tribunal considerase que no podía hacer nada para socorrer a la víctima.
La menor reconoció en el juicio que recordaba poco de lo que ocurrió y culpó a los acusados de haberla drogada. “¿Tu crees que si voy bien, lo hago con siete u ocho? Me drogaron”, le escribió en un mensaje a su mejor amiga después de los hechos.
Precisamente, la sentencia condenatoria dio validez al testimonio de su amiga que fue la que le contó al día siguiente todo lo que le había pasado. Destacó que la víctima “no sabía ni dónde estaba” y que “no podía ni andar”.
En la sentencia, los tres magistrados, conscientes de la repercusión mediática que tendría su decisión, destacan que “la clave diferencial entre el delito de agresión sexual y el de abuso sexual queda verificada por la concurrencia o no de violencia o intimidación”. Y en este caso no hubo ni violencia ni intimidación, concluyen.
La sentencia también absolvió a los acusados de un delito de obstrucción a la justicia a pesar de que varios testigos relataron al tribunal que fueron amenazados para que guardaran silencio. De hecho, explicaron que uno de los acusados después de cometer la violación grupal sacó una pistola– que resultó ser simulada, aunque los presentes lo desconocían– para coaccionar a los asistentes. El cabecilla del grupo, además, chantajeó a los testigos de los hechos para que no contaran nada a la policía.