La Vanguardia.- La Fiscalía solicita ocho años y seis meses de prisión para el hombre que agredió en el metro a un enfermero porque le requirió en varias ocasiones que se pusiera bien la mascarilla. El representante del Ministerio Público le imputa un delito de lesiones y reclama una indemnización en concepto de responsabilidad civil que asciende a 80.383 euros puesto que la víctima perdió la visión de su ojo derecho.
El escrito de acusación recuerda que el 13 de julio de 2021, un hombre, bajo las iniciales de J. C. L. C. viajaba en el interior de un vagón del metro. En un momento dado otro pasajero, enfermero de profesión, G. M. C., le requirió en varias ocasiones para que se colocara “correctamente” la mascarilla dado que la llevaba puesta a la altura de la barbilla sin cubrir nariz y boca.
LV_El sanitario agredido brutalmente en el Metro de Madrid pierde la visión del ojo golpeadoVídeo – LA VANGUARDIA
Según explica la Fiscalía Provincial de Madrid, otros pasajeros se unieron a la protesta pese a lo cual el acusado se negó “reiteradamente” a ponerse la mascarilla de manera correcta.
Fue el propio enfermero quien lo hizo, por lo que comenzó entre ambos una discusión en la que se lanzaron mutuamente patadas y puñetazos hasta que fueron separados por otros usuarios sin consecuencias lesivas para ninguno de ellos.
«Ojalá te mueras»
Segundos después, una vez que el vagón se detuvo en una de las paradas, y antes de salir de su interior, el acusado, “con ánimo de menoscabar la integridad física” de la víctima, le dio un puñetazo en el ojo con el borde del teléfono móvil que llevaba en la mano, gritándole “gilipollas, ojalá te mueras”. A continuación huyó del lugar.
A consecuencia de los hechos, la víctima perdió la visibilidad de su ojo derecho y las secuelas oculares que presenta “le suponen un perjuicio moral por pérdida de calidad de vida en grado ligero”.
El acusado fue detenido seis días después y se encuentra en prisión provisional desde entonces. La Fiscalía recuerda, además, que el presunto agresor “no ha aportado documentación alguna que le permita permanecer en España” y que tampoco consta “la existencia de razón alguna que justifique su permanencia en España”.