La fiscalía estudia limitar las acusaciones por odio a cuando se pueda generar violencia

, | 8 marzo, 2018

ECODIARIO.- El fiscal general del Estado, Julián Sánchez Melgar, aseguró este jueves que está estudiando emitir una instrucción para que sus subordinados acusen por delito de odio cuando alguien con sus mensajes pueda «generar una situación de violencia», pero no por el mero hecho de arremeter contra una persona o un colectivo.

Sánchez Melgar se refirió a esta cuestión en Madrid, en un encuentro informativo organizado por el Club Siglo XXI, en el que fue preguntado por el hecho de que este miércoles avanzase en el Congreso que prepara una instrucción dirigida a sus subordinados para clarificar en qué casos atribuir un delito de odio a alguien.

Este tipo penal, que figura en el artículo 510 del Código Penal, donde fue introducido en la reforma de 2015, ha generado polémica en los últimos meses, al haberse condenado por el mismo o haberse procesado a raperos o tuiteros.

NO SE CASTIGA EL «SENTIMIENTO»

A este respecto, Sánchez Melgar dijo que en su institución están «preocupados» por esta cuestión, porque el delito de odio tiene una «configuración amplia». Indicó que «nos movemos entre la libertad de expresión y la tipificación» recogida en el artículo 510 del Código Penal.

Aunque destacó que es una cuestión «muy complicada», manifestó que el delito de odio no figura en el Código Penal «como un sentimiento», en el sentido que no se castiga que alguien odie a una persona o colectivo determinado. Según el fiscal general, lo que se persigue es «aquel odio que está generando una situación de violencia».

Añadió que esta «generación posible de violencia» es lo que puede figurar en la instrucción que prepara la Fiscalía para que sus miembros tengan un criterio más claro sobre en qué casos acusar a alguien de un delito de odio.

HISTÓRICO

Enlaces internacionales