LORETO OCHANDO. VALENCIA PLAZA.- La nueva fiscal delegada de Delitos de Odio Susana Gisbert archivó este miércoles la denuncia presentada por la plataforma Hazte Oír contra el alcalde de València, Joan Ribó; la primera teniente de Alcalde, Sandra Gómez, y las personas que se congregaron el pasado 4 de marzo en el Palacio de Congresos de València, lugar en el que la Policía Local detuvo el autobús de esta plataforma ultraconservadora.
La concentración se organizó para protestar por un mensaje que portaba el citado vehículo que equiparaba al feminismo con el nazismo. Una decoración que ocupaba todo el exterior del autobús en la que se pedía la derogación de la Ley Integral contra la Violencia de Género y en la que, además, aparecía Hitler pintado de mujer bajo el lema «Stop Feminazis». Aquel día, no solo los políticos se mostraron en contra, sino que además varias personas se manifestaron, lanzaron naranjas al autobús y arrancaron parte de los carteles propagandísticos.
En el escrito de archivo, al que ha tenido acceso Valencia Plaza, Gisbert expone que en lo que se refiere a las declaraciones realizadas por Ribó a los medios de comunicación, «se limitaron a manifestar una opinión amparada por su legítimo derecho a la libertad de expresión y que, por otra parte, no hacía sino defender la legalidad vigente -Ley Integral Contra la Violencia de Género-, cuya derogación reclamaban los rótulos del autobús».
Entre otras cosas, el alcalde dijo que «en un Estado de derecho es el estamento judicial quien debe observar la legalidad de acciones deleznables como la de este autobús ultra, pero al mismo tiempo quiero lanzar un mensaje muy claro: el Ayuntamiento debe velar porque se cumplan todas las ordenanzas municipales, y si este vehículo no las cumple, no circulará por la ciudad de València».
En cuanto a Sandra Gómez, que envió un tuit diciendo «no sois bienvenidos», el Ministerio Público dice que «se limita a decir que no serían bienvenidos quienes promovieran la intolerancia, sin referencia concreta a persona o grupo alguno y haciendo, como en el caso del alcalde, defensa en todo momento de la legalidad vigente frente a quienes denostan la ley».
La denuncia en la Fiscalía la interpuso la miembro de Hazte oír Teresa García-Noblejas por delitos de amenazas o coacciones, contra la integridad moral, incitación al odio, daños o cualesquiera otros que apareciera a lo largo de la investigación. Sin embargo, desde la Fiscalía Especializada en Delitos de Odio no ven ninguno de los delitos que esta plataforma denunció.
El escrito que la denuncia alude a hechos ocurridos en otras ciudades, a hechos consistentes en el «acometimiento al autobús y a quienes lo ocupaban por parte de personas no concretadas», además de contra Ribó y Gómez. Sobre los posibles delitos contra el autobús y sus ocupantes, alega Gisbert que «no queda en modo alguno acreditado que por personas individuales o grupos se cometiera ningún delito de daños”, pues explica que ni siquiera se ha acreditado con una tasación o con la titularidad del vehículo que «determinaría, en su caso, la legitimidad para ello».
Lanzamiento de naranjas
La otra parte de la denuncia hacía referencia al lanzamiento de naranjas por parte de varios manifestantes. Sobre este punto dice la fiscal que «no se acredita más allá de gritos y del lanzamiento de alguna naranja, lo que no atenta en absoluto ni contra la seguridad ni contra la integridad, ni mucho menos reviste entidad amenazante alguna».
Por último, desde la Fiscalía entran a valorar si pudo haber delito de odio. Gisbert afirma que «tampoco puede entenderse que de ningún modo se incite directa o indirectamente al odio contra un colectivo, puesto que ni siquiera figura identificada la identidad de un grupo concreto, ni de sus miembros, en relación con una ideología determinada».
Y apostilla que «ninguna de las expresiones a las que alude la denuncia tienen un contenido que inste a otras personas a atentar contra nadie, ni mucho menos se han cometido actos que lesionen la dignidad de las personas mediante acciones que entrañen humillación, menosprecio o descrédito», elementos que exige la ley para que la conducta pueda ser tipificada como delito.