Heraldo de Aragón.- La Fiscalía pedía para el edil de ZEC dos años y medio de cárcel, pero la Sección Sexta entiende que no cabe reproche penal contra él.
La Audiencia Provincial acaba de confirmar la absolución del concejal de ZEC en el Ayuntamiento de Zaragoza Alberto Cubero de un delito de incitación al odio contra Vox por el que la Fiscalía llegó a pedir para él una condena de dos años y medio de cárcel y el partido de ultraderecha casi cinco años. El edil ya fue exonerado de a finales de septiembre por la titular del Juzgado de lo Penal número 3 de Zaragoza, pero tanto el Ministerio Público como Vox recurrieron la sentencia, que ahora acaba de recibir el aval de la Sección Sexta.
En una comisión de Hacienda del año pasado, el concejal de ZEC deseó a la formación de extrema derecha que le «pasara en toda España lo mismo que en Vallecas». Algo que repitió a los tres días en un mensaje en sus redes sociales. Con estos comentarios hacía referencia al recibimiento violento que había tenido Vox durante un mitin en ese barrio de Madrid por parte de un grupo que le arrojó piedras. No obstante, en el juicio matizó que su intención no era llamar a la violencia sino «a la movilización de una manera masiva y templada».
La magistrada que dictó el primer fallo consideró que las expresiones de Cubero no eran constitutivas de delito ni merecen «reproche penal», al margen de que sean «más o menos afortunadas o propias de un representante público». Añadió que la responsabilidad penal del acusado «no viene determinada por la mayor o menor gravedad de los altercados de Vallecas, sino por el contenido de las expresiones vertidas en la red social y, en definitiva, si este mensaje constituye un discurso de odio y crea un riesgo más o menos concreto para bienes jurídicos protegidos y para la estabilidad social de los grupos».
La Fiscalía no cuestionó los hechos declarados probados en aquella sentencia, pero recurrió la absolución ante la Audiencia de Zaragoza por entender que “las palabras del acusado suponen un ataque incompatible con la democracia y la convivencia por incitar a un confrontación violenta contra una formación política como es Vox, sin que el derecho a la libertad de expresión ampare las manifestaciones efectuadas por el acusado”.
Sin embargo, los magistrados de la Sección Sexta, en una sentencia de la que ha sido ponente Alfredo José Lajusticia, coinciden en que no cabe reproche penal contra el concejal Alberto Cubero. “Esta sala no dispone de los elementos suficientes para confirma que la intención del acusado fuera la de hacer un llamamiento para combatir violentamente a Vox, pues ni consta que todos los incidentes del día 7 de abril de 2021 ocurridos en Vallecas tuvieron esa connotación violenta o agresiva”, dice la resolución.
La Audiencia Provincial desestima también los argumentos esgrimidos en el recurso de Vox, confirmando en todos sus extremos la sentencia del Juzgado de lo Penal número 3 que absolvía a Alberto Cubero.