EFE.- El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) archivó hoy la demanda presentada contra España por una inmigrante de Costa de Marfil que se quejó por la tardanza de la reunificación con su hijo en territorio español, al considerar que el plazo fue «adecuado y suficiente».
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) archivó hoy la demanda presentada contra España por una inmigrante de Costa de Marfil que se quejó por la tardanza de la reunificación con su hijo en territorio español, al considerar que el plazo fue «adecuado y suficiente».
La Sala Tercera de la Corte europea señala que ese período «estaba justificado por las circunstancias del caso» y «lo diferencia de otros con un largo período de incertidumbre y gravedad de las consecuencias para los demandantes y sus familias».
El Tribunal de Estrasburgo echa en cara a la defensa de Bahoumou Totopa, que primero invocase el artículo 8 (Derecho al respeto a la vida privada y familiar) y después argumentase el 13 (Derecho a un recurso efectivo) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Según el TEDH, el cambio se realizó una vez la madre se reencontró con su hijo. De hecho, «la reunificación del menor con su madre se produjo apenas algunos días después de que se presentara la demanda».
Añade la decisión que Totopa «presentó dos recursos accesibles y efectivos» para obtener la revocación de la declaración de abandono de su hijo y restablecer la patria potestad, y que «los retrasos fueron únicamente imputables a la demandante y sus representantes».
Totopa, nacida en 1984, no solicitó a la administración en los tribunales una reparación económica, como «alivio adecuado a la vulneración invocado», por lo que la demandante «no agotó los recursos internos disponibles».
La demandante llegó en una lancha a la costa gaditana el 17 de abril de 2017. Su hijo, nacido en 2013, había llegado en patera a Melilla un mes antes junto a su tía.
En septiembre de 2017 se hicieron las pruebas de ADN a madre e hijo, y la demandante inició un proceso civil en Melilla para restituir la autoridad parental.
Un mes después, la ONG Women’s Link y la Fundación La Merced Migraciones llevaron el caso ante el tribunal de Estrasburgo «para que se reconocieran y repararan las vulneraciones de derechos sufridas» y solicitaron medidas cautelares para facilitar el reencuentro.
La madre tuvo contacto telefónico con su hijo y en noviembre de ese año los resultados de la prueba de ADN establecieron el vínculo biológico.
El 17 de noviembre se produjo el reencuentro en Melilla y la demandante solicitó al Tribunal de primera instancia de Melilla el cierre del proceso.
El TEDH decide por tanto el archivo de la demanda, porque «las circunstancias permiten concluir que el litigio ha sido resuelto».