Estrasburgo admite una demanda contra España por un control policial racista

, | 12 enero, 2018

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha admitido a trámite la demanda de Zeshan Muhammad, quien fue parado en 2013 por un agente que afirmó que lo hacía «porque eres negro y punto»

«Muhammad acude a Estrasburgo no solo para que se reconozca la violación de sus derechos y obtener reparación, sino también para poner fin a esta práctica policial discriminatoria que sufren las personas que no son blancas»

ELDIARIO.ES. EFE.- El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH) ha admitido a trámite una demanda contra el Estado español por una identificación policial por perfil étnico, es decir, basada exclusivamente en el color de la piel de la persona, y da a España de plazo hasta abril para que presente su versión.

Los hechos, según denuncia en un comunicado SOS Racisme Catalunya, ocurrieron en 2013 cuando Zeshan Muhammad, vecino de Santa Coloma de Gramanet desde niño y con permiso de residencia, fue parado por un agente de la Policía Nacional en Barcelona, que afirmó que lo hacía «porque eres negro y punto».

El joven de origen pakistaní lleva casi tres años luchando en los tribunales por una sentencia que empuje al Gobierno de España a acabar con las identificaciones policiales racistas. Con el apoyo de esa ONG y de la Open Society Justice Initiative, Muhammad acudió al TEDH «no solo para que se reconozca la violación de sus derechos y obtener reparación, sino también para poner fin a esta práctica policial discriminatoria que sufren las personas que no son blancas».

La demanda argumenta que parar a una persona por prejuicios basados en el color de la piel, lo que se conoce como perfil étnico, vulnera el derecho a no ser discriminado y el derecho a la vida, ambos recogidos en el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

El rechazo del Tribunal Constitucional

En noviembre de 2016, el Tribunal Constitucional no admitió a trámite este caso al considerarlo «no relevante», a pesar de que en el recurso se alegaba que las identificaciones por «perfil étnico» violan la Constitución Española y las normas internacionales.

El rechazo del Alto Tribunal frenó lo que Zeshan y las organizaciones que respaldan el caso consideraban como una «oportunidad histórica» para responder a la última sentencia emitida por el Constitucional sobre las identificaciones policiales por perfil étnico, que en 2001 las consideró legítimas en el marco de la Ley de Extranjería.

Según argumentó el Tribunal, «determinadas características físicas o étnicas pueden ser tomadas en consideración» a la hora de hacer un control de Extranjería porque este hecho era «razonablemente indiciario del origen no nacional». Detrás de la demanda se encontraba Rosalind Williams. La mujer sufrió un control racista en 1992 tras bajar de un tren en Zaragoza. Su marido viajaba con ella, pero solo se dirigieron a Williams. La razón se la proporcionó el agente policial que frenó su paso: «Tenemos instrucciones de identificar a gente como ella». Como ella, negra.

Tras denunciar su caso ante el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, la ONU le dio la razón: estas prácticas eran discriminatorias, por lo que instaba al Gobierno español a eliminarlas.

A pesar de que los controles de identificación «indiscriminados basados únicamente en criterios étnicos» no están permitidos según una circular de la Policía emitida en 2012 por el Ministerio de Interior, el ordenamiento jurídico español por el momento no recoge de forma explícita la prohibición estas prácticas policiales.

Decenas de ONG han mostrado su rechazo a estas prácticas y  se han adherido a la campaña ‘Parad de Pararme. La apariencia no es motivo’, impulsada por SOS Racismo para acabar con estos controles que, a su juicio, son «la muestra del racismo institucional más básico y cotidiano».

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