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| 4 julio, 2018

El asesino de Utoya denunció en 2015 al estado noruego por «trato inhumano» y «violación de su derecho a la intimidad y vida familiar»

21/06/2018 El Mundo.- Cumple 21 años de cárcel prorrogables por los atentados de julio de 2011 en Oslo y la isla de Utoya en los que murieron 77 personas

Breivik: «Lucharé por el nazismo hasta la muerte»

«Breivik se queja sobre sus condiciones cuando ha arruinado las vidas de tantas personas»

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha rechazado la demanda del terrorista Anders Breivik contra el Estado noruego por sus condiciones de encarcelamiento al considerarla «manifiestamente infundada». La decisión, que es definitiva, fue anunciada esta mañana en Estrasburgo.

Así, un comité compuesto por tres jueces desestima el caso de Breivik, condenado a 21 años de cárcel prorrogables por los atentados de julio de 2011, acaecidos en Oslo y la isla de Utoya. Entonces, asesinó a 77 personas, la mayoría adolescentes, y dejó 44 heridos como protesta por «la islamización» a la que estaba siendo sometida Noruega, según el manifiesto que envió a mil direcciones de correo electrónico el día que cometió sendos atentados.

El asesino de 39 años, que desde hace un año se llama Fjotolf Hansen por motivos que no han trascendido, denunció en 2015 al estado noruego por «trato inhumano» y «violación de su derecho a la intimidad y vida familiar» al considerar que el régimen de aislamiento al que está sometido en la prisión de alta seguridad de Skien violaba la Convención Europea de los Derechos Humanos.

En abril de 2016, la Justicia noruega falló a favor del terrorista de extrema derecha, si bien la sentencia fue apelada y el Estado noruego ganó el caso. Posteriormente, el Tribunal Supremo del país escandinavo no admitió a trámite su demanda, al considerar que no llegaría a una conclusión distinta al fallo del tribunal de apelación.

Agotada la vía judicial en Noruega, el terrorista de extrema derecha que no se ha arrepentido de los atentados anunció que recurriría a la corte europea. Sin embargo, según el tribunal de Estrasburgo, «no ha habido violaciones de sus derechos bajo el artículo 3 (prevención de la tortura y trato inhumano o degradante) ni del artículo 8 (derecho a la privacidad y vida familiar) de la Convención Europea de los Derechos Humanos».

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