El Tribunal Superior de Baleares respalda la expulsión inmediata de los migrantes en patera

| 20 julio, 2021

El Tribunal Superior de Balears no aprecia ninguna muestra de ilegalidad en la expulsión inmediata de los migrantes que son interceptados en patera en aguas de las islas. Expulsiones que fueron recurridas por algunos abogados, al plantear dudas de legalidad, entre otras cosas, porque no se había confirmado la identidad exacta de estos extranjeros, pero sobre todo porque no se había tramitado un expediente de expulsión. Los jueces han tenido que pronunciarse recientemente sobre dos demandas planteadas por dos migrantes argelinos, que fueron interceptados en aguas del archipiélago cuando pretendían llegar a Europa en patera. Aunque ambos argelinos llegaron en fechas distintas y fueron interceptados en situaciones diferentes, a ambos se les aplicó la misma medida de expulsión en idénticas condiciones. El día que fueron interceptados fueron trasladados a la comisaría de Policía y al día siguiente se firmaba su expulsión, previo paso por el centro de internamiento, al haber intentado entrar en el país a través de un método ilegal. La expulsión fue propuesta por la Policía, con el respaldo de la Delegación del Gobierno.

Para resolver esta cuestión, el TSJB recurre a la interpretación que han realizado otros jueces más acostumbrados a resolver situaciones que afectan a migrantes. Así, una de las sentencias señala que la devolución de esta persona a su país no puede interpretarse como una medida sancionadora. Se trata de una solución para «restablecer la legalidad alterada», devolviendo al extranjero a su país de procedencia. Al no ser un castigo, según interpretan los jueces, no es necesario tramitar un expediente de expulsión, como se hace con otros extranjeros que también se encuentran ilegalmente en el país, porque en estos casos se ha constatado la entrada ilegal en territorio español.

El tribunal insiste también en que esta devolución inmediata no afecta a ningún derecho de estos extranjeros. Y así, los jueces recuerdan que «la libertad de circulación a través de las fronteras del Estado, ni el derecho a residir dentro de ellas, no son derechos imprescindibles para la garantía de la dignidad humana».

Recuerda también la sentencia que la norma es muy clara al señalar los requisitos para la entrada de un extranjero en territorio español que, a menor que se trate de un ciudadano europeo, en el resto de casos se exige un visado, salvo que no sea necesario en base a algún tratado internacional firmado por España. Está claro que ninguno de los dos inmigrantes interceptados en patera llevaba visado.

En la demanda también se plantea otro problema y es que en muchas ocasiones Argelia cierra las fronteras y prohíbe el regreso de estos migrantes. El tribunal considera que lo más importante que debe resolver es si el procedimiento de expulsión es legal, como así establece, mientras que el tema del cierre de fronteras es un problema de la ejecución de la orden de que esta persona no puede permanecer en España.

Cabe destacar que la Guardia Civil rescató ayer en aguas de Formentera a 14 migrantes que viajaban en una patera. Los hechos ocurrieron sobre las 20 horas tras el aviso de un particular, según informó la Delegación del Gobierno. Los 14 migrantes se encontraban en buen estado.

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