El TEDH falla que equiparar aborto y Holocausto no es libertad de expresión

| 20 septiembre, 2018

Estrasburgo (Francia), 20 sep (EFE).- El Tribunal de Estrasburgo sentenció hoy que equiparar la interrupción del embarazo con el Holocausto nazi no está protegido por el derecho a la libertad de expresión, al avalar los requerimientos de la justicia alemana contra un militante antiabortista que hizo esa comparación.

La Corte Europea de Derechos Humanos señaló, además, que tampoco puede justificarse en este caso como libertad de expresión considerar que la interrupción voluntaria del embarazo es un «homicidio agravado», como hizo Klaus Günter Annen en varias campañas en internet y en la calle.

Hasta en cuatro sentencias, todas ellas por unanimidad, los jueces de Estrasburgo llegaron a esta conclusión en otras tantas demandas presentadas por el militante antiabortista contra los requerimientos que le conminaban a parar sus campañas.

El Tribunal de Estrasburgo admite que los citados requerimientos «interfirieron» en la libertad de expresión del demandante, pero «fueron necesarios en una sociedad democrática».

Así, concluye que los tribunales alemanes aplicaron un «justo balance» entre la libertad de expresión, garantizada en el artículo 10 del Convenio Europeo de derechos humanos, y el derecho al respeto de la vida privada, que protege el artículo 8.

Los citados requerimientos con sus indemnizaciones fueron «proporcionados», según la sentencia de la Sala Quinta de la Corte europea, ya que las acusaciones del demandante «no solo fueron muy serias sino que podrían haber incitado al odio y la agresión».

Añade el fallo que la campaña del demandante «perturbó gravemente» la relación entre los pacientes y los cuatro doctores.

El demandante realizaba sus campañas contra el aborto a través de una página web (babycaust.de) y repartiendo folletos a posibles pacientes en la entrada de los hospitales donde ejercían los doctores.

La página web comparaba a los médicos abortistas con «comandantes de campos de concentración nazi y, en general, equiparaba los abortos con el Holocausto», según la sentencia.

Tras una ventana que se preguntaba «Aborto, ¿un nuevo Holocausto?», dirigía al internauta a una página con el listado alfabético de los médicos que practican abortos en Alemania y las direcciones de sus clínicas, y la solicitud de oraciones por ellos.

Estrasburgo (Francia), 20 sep (EFE).- El Tribunal de Estrasburgo sentenció hoy que equiparar la interrupción del embarazo con el Holocausto nazi no está protegido por el derecho a la libertad de expresión, al avalar los requerimientos de la justicia alemana contra un militante antiabortista que hizo esa comparación.

La Corte Europea de Derechos Humanos señaló, además, que tampoco puede justificarse en este caso como libertad de expresión considerar que la interrupción voluntaria del embarazo es un «homicidio agravado», como hizo Klaus Günter Annen en varias campañas en internet y en la calle.

Hasta en cuatro sentencias, todas ellas por unanimidad, los jueces de Estrasburgo llegaron a esta conclusión en otras tantas demandas presentadas por el militante antiabortista contra los requerimientos que le conminaban a parar sus campañas.

 

 

El Tribunal de Estrasburgo admite que los citados requerimientos «interfirieron» en la libertad de expresión del demandante, pero «fueron necesarios en una sociedad democrática».

Así, concluye que los tribunales alemanes aplicaron un «justo balance» entre la libertad de expresión, garantizada en el artículo 10 del Convenio Europeo de derechos humanos, y el derecho al respeto de la vida privada, que protege el artículo 8.

Los citados requerimientos con sus indemnizaciones fueron «proporcionados», según la sentencia de la Sala Quinta de la Corte europea, ya que las acusaciones del demandante «no solo fueron muy serias sino que podrían haber incitado al odio y la agresión».

Añade el fallo que la campaña del demandante «perturbó gravemente» la relación entre los pacientes y los cuatro doctores.

El demandante realizaba sus campañas contra el aborto a través de una página web (babycaust.de) y repartiendo folletos a posibles pacientes en la entrada de los hospitales donde ejercían los doctores.

La página web comparaba a los médicos abortistas con «comandantes de campos de concentración nazi y, en general, equiparaba los abortos con el Holocausto», según la sentencia.

Tras una ventana que se preguntaba «Aborto, ¿un nuevo Holocausto?», dirigía al internauta a una página con el listado alfabético de los médicos que practican abortos en Alemania y las direcciones de sus clínicas, y la solicitud de oraciones por ellos.

 

 

En los folletos, el demandante acusaba a los doctores de practicar abortos ilegales: «¿Cerca de ti: abortos ilegales…y callas sobre el homicidio agravado de nuestros niños?».EFE

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