El juicio que puede cambiar la historia de los indígenas de Brasil y quitarles su tierra

| 10 enero, 2021

Público.- Una interpretación restrictiva de la Constitución Federal puede hacer que medio millón de indígenas queden desterritorializados. En el Tribunal Supremo se juegan el final de su derecho originario

Subrayado en las agendas de los defensores de derechos humanos para este 2021 está el juicio que marcará para siempre el futuro de las comunidades indígenas en Brasil. Ha quedado bautizado como caso del «Marco Temporal», y en él se decidirá qué tierras pueden reclamar como suyas los pueblos originarios, desde cuándo pueden reclamarlas y los requisitos solicitados en la reclamación. Esto, en un escenario de agresividad creciente y de violentas invasiones de territorios preservados, devuelve a los indígenas a una vulnerabilidad de otra época.

El destino de los indios se llama técnicamente Recurso Extraordinario con repercusión general 1.017.365, tendrá efecto vinculante y surge de una petición de restitución de tierras promovido por el Instituto de Medio Ambiente del gobierno del estado de Santa Catarina contra el pueblo Xokleng y, por consiguiente, contra la Fundación Nacional del Indio (FUNAI). Según el Consejo Indigenista Misionario (CIMI), la tierra en disputa forma parte del territorio Ibirama-Laklanõ, que ha ido sufriendo grandes recortes durante todo el siglo XX.

El gobierno de Santa Catarina, por su parte, afirma ser el propietario del terreno  que unos cien indios Xokleng ocupan desde hace una década. Su Instituto de Medio Ambiente y, en su nombre, la Fiscalía General del Estado han cosechados victorias judiciales en todas las instancias en su discrepancia con los indígenas. El Tribunal Supremo, que ha ido atrasando el juicio una y otra vez, dejándolo al final para este año –aún no hay fecha oficial–, analizará ahora el último recurso de la parte demandada. Por el camino, la más alta Corte ha decidido que se acabaron las discrepancias respecto a temas como este: lo decidido ahora conllevará el ya mencionado efecto vinculante.

Se agarra el gobierno de Santa Catarina, parte demandante, a la teoría jurídica del Marco Temporal, según la cual los únicos territorios indígenas susceptibles de ser declarados como reserva protegida serán los que ya estuvieran documentados en la fecha de la publicación de la Constitución Federal brasileña, 5 de octubre de 1988; o en su defecto, aquellos terrenos en los cuales estuviera en marcha una acción judicial en esa misma fecha.

Las claves de un juicio histórico

El planteamiento del Marco Temporal rivaliza con la teoría del Derecho Originario, y realiza una interpretación restrictiva de la Constitución Federal. En su artículo 231, el texto dictamina que «son reconocidos a los indios su organización social, costumbres, lenguas, creencias y tradiciones, y los derechos originarios sobre las tierras que tradicionalmente ocupan». A continuación detalla que «son tierras tradicionalmente ocupadas por los indios las habitadas por ellos de forma permanente, las utilizadas para sus actividades productivas, las imprescindibles para la preservación de los recursos ambientales necesarios para su bienestar y las necesarias para su reproducción física y cultural, según sus usos, costumbres y tradiciones».

El debate judicial en torno a la demarcación de los territorios lo creó el propio Tribunal Supremo en 2009 durante el juicio de la demarcación de la tierra indígena Raposa-Serra do Sol, en el estado de Roraima. Fue confirmada la homologación, pero en medio de extensos votos y 19 condiciones para gestionarla, los magistrados argumentaron que la Constitución Federal se refería a las tierras que ocupaban los indios a fecha 5 de octubre de 1988, y no «a las tierras que ocuparán; como tampoco a aquellas tierras ya ocupadas en otras épocas». Razones controvertidas, ya que las comunidades indígenas, que poblaban hace cinco siglos lo que hoy son las grandes ciudades del país, no suelen solicitar la demarcación de las playas de Ipanema o de Salvador de Bahía, por ejemplo, sino los territorios que realmente vienen ocupando en las últimas décadas.

En ese juicio de 2009, el Tribunal Supremo aseguró que aquella decisión no era vinculante, pero fue inevitable que creara jurisprudencia. La Abogacía General de la Unión publicó un dictamen en 2017, durante e Gobierno de Michel Temer, que abrazaba la teoría del Marco Temporal de 1988. Y de este dictamen –que viene siendo judicializado y discutido desde entonces– se ha aprovechado también el Gobierno de Bolsonaro para cumplir su promesa y no homologar ni un centímetro más de territorio indígena en los dos últimos años.

Indígenas crucificados por luchar por su territorio

«Los requisitos [para demarcación de territorios indígenas] son incongruentes, inconstitucionales, no se sustentan por ninguna parte», explica a Público
Rafael Modesto, asesor jurídico de CIMI. «Antes de 1988, siempre que las comunidades indígenas intentaron luchar por sus derechos territoriales fueron maltratados, con violencia del Estado», añade.

Famoso es el Informe Figueiredo (1967), que incluye casos de crucifixión. «La dictadura militar [1964-1985] ahogó a los indios, creó cárceles para ellos. Su modus operandi era retirarles las tierras, impedir que volvieran y distribuir el terreno entre colonos y empresas colonizadoras. Cuando los indios intentaban resistir, eran masacrados», recuerda Modesto.

Del mismo modo, es delicado solicitar a las comunidades indígenas el comprobante de una acción judicial iniciada ya en 1988 para avanzar en la demarcación de su territorio. Sobre todo porque hasta ese año «los indios estaban tutelados por el Estado, no tenían legitimidad de acción, no podían recurrir a la Justicia para defender su derecho territorial», recuerdan desde la Comisión Indigenista Misionaria.

El efecto vinculante de este juicio resolvería automáticamente centenares de otros conflictos por tierras. «El impacto provocaría que 500.000 indígenas quedaran desterritorializados. Eso es la mitad de la población indígena, teniendo que irse a vivir a la periferias de las ciudades  o continuar acampados como los Sin Tierra en los márgenes de las carreteras brasileñas», avisa Rafael Modesto. «La conmoción cultural sería catastrófica porque la pérdida del territorio impacta directamente en la pérdida de la lengua, los usos y costumbres, las creencias y las religiones».

La postura de la Fiscalía

«El marco temporal es el 5 de octubre de 1988, y debe haber la comprobación de ocupación tradicional de las tierras por parte de los indígenas en esa fecha, y no una ocupación inmemorial, que es lo que defiende la otra parte de esta discusión», declara a Público el Fiscal General del estado de Santa Catarina, Alisson de Bom de Souza.

Para evitar las dudas cada vez que aflora un caso similar, el Fiscal General apuesta por la sentencia de Raposa-Serra do Sol como «gran brújula interpretativa al respecto de la demarcación de tierras indígenas», y sostiene que la solución dada entonces «debe ser replicada en este juicio y debe ser vinculante».

Insisten en esta teoría, que de momento los tribunales respaldan, porque en la actualidad «no hay un criterio para realizar la demarcación, y eso acarrea inseguridad jurídica, que es lo peor para todos», señala Alisson de Bom de Souza. No esconde la fuerza que en su estado atesora el agronegocio, sobre todo «la agricultura familiar». Una fuerza que, unida a la del resto de estados brasileños, en el Congreso Nacional está representada por una amplia y opulenta bancada ruralista.

El motor de esa presión constante en las altas esferas, la influencia en los tres Poderes, es una herramienta que no poseen los indios. «Es un tema tan complicado para ser entendido que muchas veces llega a las aldeas ya diluido», cuenta para Fernando Vianna, de Indigenistas Asociados (INA).

«Son los líderes indígenas y las organizaciones no gubernamentales los que llevan la información. Ha habido momentos de fuerte movilización, pero con estos atrasos en el Tribunal Supremo se ha desmovilizado todo». Las aldeas son conscientes de que en algún momento el Tribunal Supremo puede tomar una decisión clave, «pero no existe una movilización permanente» a nivel nacional. Demasiada desventaja como para afrontar el año de un juicio que puede cambiar su historia.

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