La Generalitat incluye en su decreto de acceso al cuerpo de extinción de incendios que no se excluirá a los diagnósticados con los llamados «trastornos de la identidad sexual»
FERRAN BONO. EL PAÍS.– El Gobierno valenciano, formado por el tripartito PSOE, Compromís y Unides Podem, tiene previsto aprobar este viernes una alegación en virtud de la cual se eliminan las trabas para que las personas transexuales puedan acceder al cuerpo de bomberos en el decreto que establece las bases y los criterios generales para la selección, promoción y movilidad del personal de las escalas y categorías de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamiento.
En ese decreto, como en buena parte de las textos de este tipo en España, se incluye un apartado titulado Trastornos psicológicos y psiquiátricos, en el que se dice textualmente: «Serán excluyentes las alteraciones de la conducta avaladas por informe especializado psiquiátrico y/o psicológico según los criterios diagnósticos de enfermedades mentales incluidas en el DSM-IV-TR o sus posibles actualizaciones».
Las opacas siglas del DSM-IV-TR corresponden a la cuarta edición del Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales (en inglés, Diagnostic and Statistical Manual of Mental Disorders, de manera abreviada, DSM), de la Asociación Estadounidense de Psiquiatría. Se trata de una clasificación y descripción de los trastornos mentales, la más utilizada en las distintas pruebas psicológicas de selección.
En este manual, cuya cuarta edición se ha quedado anticuada pero aún se emplea, se incluye bajo el epígrafe de Trastornos sexuales y de la identidad sexualla llamada «disforia de género», una expresión que alude al disgusto, desajuste o malestar con el sexo biológico, y que se emplea también para referirse a la transexualidad.
Ahora, José de Lamo, director general de la Agencia Valenciana de la Igualdad en la Diversidad, bajo la competencia de la vicepresidenta del Consell, Mónica Oltra, ha introducido una alegación añadida al decreto, que dice: «De acuerdo con la Ley 8/2017, de 7 de abril, de la Generalitat, integral del reconocimiento del derecho a la identidad y expresión de género en la Comunitat Valenciana», no será motivo de exclusión aquellos diagnósticos relativos a «trastornos de la identidad sexual» o similares, aunque aparezcan en el DSMs-IV-TR o sus posibles actualizaciones».
El gobierno valenciano es uno de los primeros en España en revisar la normativa para actualizar y eliminar las trabas de acceso a los bomberos. En Cataluña y en Madrid, por ejemplo, aún no se ha modificado. La oferta pública de empleo de la Diputación de Huesca reservó a finales del pasado año plazas en el cuerpo de bomberos para personas transexuales en virtud de la Ley de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación de Aragón (conocida como Ley Trans).
En noviembre de 2018, el Consejo de Ministros decidió revisar toda la normativa para cohesionar y suprimir cualquier discriminación de este tipo, si bien el ritmo de revisión es lento.
En la quinta edición del manuel DSM, publicada en 2013, la transexualidad deja de ser un trastorno mental. En el DSM-5, desapareció el término «Trastorno de la Identidad de Género» y se conserva la «disforia de género». Además, el pasado año, la Organización Mundial de la Salud (OMS) publicó una nueva clasificación de enfermedades que llevará al debate en la asamblea general del organismo de este año. La ICD-11, el nombre de la clasificación, saca la «incongruencia de género» -la transexualidad- de la clasificación de las enfermedades mentales, y lo deja dentro del capítulo de las disfunciones sexuales. Esta clasificación esmenos empleada por los profesionales que el DSM.