El Defensor del Pueblo carga contra los gobiernos del PP y PSOE por permitir el adoctrinamiento en Cataluña

| 11 junio, 2019

Insta a Baleares a que los alumnos aprendan en castellano en todas las asignaturas menos en la de catalán y la de lengua extranjera. Recuerda que las señales de tráfico deben estar en español

OLGA R. SANMARTÍN. EL MUNDO.- El Defensor del Pueblo ha cargado contra los gobiernos del PP y PSOE por permitir el adoctrinamiento en las escuelas de Cataluña, y ha instado al Govern a mantener en colegios, institutos y universidades públicas una «neutralidad ideológica» que, asegura, «es incompatible» con la presencia de lazos amarillos y otros «símbolos propios de una ideología».

En su Informe Anual 2018, el órgano que tiene al frente en funciones a Francisco Fernández Marugán advierte que ha emprendido actuaciones ante el Ministerio de Educación y ante diversas autoridades de Cataluña -en particular, ante el Departamento de Enseñanza– en relación a la instalación de lazos y determinada «simbología ideológicamente partidista» en estas instalaciones.

La memoria deja en evidencia la inacción del Ministerio de Educación durante la época de Íñigo Méndez de Vigo y, posteriormente, con Isabel Celaá. Revela que el ministro del PP no le respondía a sus reclamaciones y tuvo que reiterar hasta en dos ocasiones sucesivas solicitudes de información. Cuando, en abril de 2018, recibió finalmente la respuesta, ésta «se limitaba» a hacer referencia a los tres requerimientos que interpuso el Gobierno contra la Generalitat y a las peticiones de intervención de la inspección educativa en relación con las actuaciones en diversos colegios «que no se concretaban», proporcionando «nada más que una somera referencia a las respuestas» que los requerimientos habían obtenido del Govern.

«En definitiva, el informe aportado se consideró claramente insuficiente, ya que no valoraba la actuación de la Administración educativa de Cataluña, ni aportaba datos sobre las actuaciones inspectoras, supervisoras y de control que hubieran podido y debido efectuarse», añade el Defensor, que en mayo remitió un nuevo escrito al Ministerio para que aportase «nueva y concreta» información al respecto.

«CATALUÑA ES LA ÚNICA COMPETENTE»

En diciembre de 2018, ya con Celaá al frente de Educación, recibió un nuevo informe en el que se describían «con mayor detalle las actuaciones practicadas: los requerimientos efectuados y las respuestas que obtuvieron del Departamento de Enseñanza, así como las contestaciones del Ministerio a sus alegaciones». Sin embargo, el Ministerio no concretó si, tras los escritos interpuestos ante la Generalitat, interpuso o no recursos en vía jurisdiccional.

«El informe se limita a resaltar la puesta en conocimiento de los hechos a la Administración autonómica debido a que ésta es la única competente en virtud del orden competencial establecido», advierte el Defensor, que añade que el Ministerio también le argumenta que la Alta Inspección del Estado tiene las manos atadas en la escuela catalana: «En virtud de las competencias que le atribuye el artículo 150 de la LOE y siguiendo la consolidada jurisprudencia del Tribunal Constitucional, carece de relación jerárquica respecto a la Administración autonómica y, en consecuencia, de cualquier competencia de control directo o facultades ejecutivas sobre la comisión de posibles infracciones por autoridades educativas autonómicas o cualquier miembro de la comunidad educativa en dicho territorio».

«En los centros educativos no debe tener cabida ninguna forma de adoctrinamiento político», recalca. «Ni la libertad ideológica, ni su concreción en las libertades de pensamiento y expresión, ni la libertad de cátedra pueden justificar la presencia ni los actos de adoctrinamiento en el ámbito educativo», recuerda.

«Si en lugar de enseñar y educar se adoctrina o si se utiliza la enseñanza o el sistema educativo para la promoción de determinadas ideas o valores en menoscabo de otras, por lícitas y legítimas que puedan ser las que se promocionen, se está violentando el objetivo de la educación, desconociendo el derecho de los alumnos y socavando los principios básicos de un sistema democrático», añade, y hace «una llamada de atención» en relación al uso de instalaciones, espacios y centros educativos para actos de reivindicación política, porque esa utilización «puede contaminar un ámbito en el que el principio de neutralidad ideológica, propio de una sociedad pluralista, debiera de estar siempre presente».

Fernández Marugán ha explicado en rueda de prensa que, desde septiembre de 2017, ha recibido 40 quejas en relación al adoctrinamiento en las escuelas catalanas, mientras que al Síndic de Greuges han llegado 30 denuncias. «No es en el ámbito de los defensores donde debe plantearse esta cuestión», ha considerado, y ha apuntado a que «la responsabilidad inmediata de dar cumplimiento efectivo a ese deber de neutralidad corresponde a las autoridades educativas autonómicas en razón de las competencias asumidas». Sin embargo, no ha concretado quién debe hacerse cargo cuando el Ministerio se inhibe, tal y como se desprende de su informe, y la Generalitat incumple sistemáticamente la ley.

58 QUEJAS DE LAZOS

La memoria recuerda que en 2018 recibió 58 quejas sobre la colocación de lazos amarillos y otros símbolos en edificios públicos y reitera a la Generalitat que «los poderes públicos deben respetar el principio de neutralidad ideológica propio de una sociedad pluralista» no sólo en periodos electorales -como ya ha recordado la Junta Electoral Central– sino «más allá».

«Las instituciones públicas no deben ser correlatos de los partidos políticos y demás entidades de la sociedad civil (real y legítimamente plurales). Representan a todos y precisamente por ello -y porque deben no sólo estar, sino también parecer estar al servicio de todos- han de guardar una exquisita neutralidad, también en el terreno de los símbolos».

PRIMERAS ENSEÑANZAS EN CASTELLANO EN BALEARES

En el informe anual, por otro lado, hay un tirón de orejas a la Consejería de Educación de Baleares, a la que le pide que sea «menos restrictiva» y permita más enseñanza en castellano. Recuerda «el derecho de los padres de los alumnos a que sus hijos reciban las primeras enseñanzas en su lengua materna». Según el Defensor, «la proclamación de este derecho debiera dar lugar a que los alumnos reciban en esa lengua las enseñanzas que se les impartan durante esta etapa, con la excepción, claro está, de la materia correspondiente a la lengua cooficial y a la lengua extranjera».

Le dice, en otras palabras, que los alumnos cuyos padres así lo pidan deben poder estudiar en castellano todas las asignaturas, salvo los idiomas y el catalán, en Infantil y en 1º y 2º de Primaria.

La reprimenda viene a cuento de un colegio en el que, en Infantil, la carga lectiva de Lengua Castellana era de 6,5 horas a la semana, mientras que en los dos primeros curso de Primaria sólo se impartían en español la materia de Lengua Castellana y Literatura, la asignatura de Religión o de Valores y las horas de libre disposición.

El Defensor aprecia «un problema de interpretación», ya que recuerda que la normativa legal sobre normalización lingüística de aplicación en Baleares «reconoce a los padres de los alumnos el derecho a solicitar que sus hijos reciban dichas enseñanzas en su lengua materna» en los primeros años de aprendizaje. A su vez, el decreto 92/1997 determina que, «como mínimo, el 50% de las horas lectivas se impartan en lengua catalana».

SEÑALES DE TRÁFICO EN CASTELLANO

Además, recuerda a las comunidades autónomas con lengua cooficial que las señales de tráfico deben estar en castellano, a partir de una reclamación de un vecino gallego residente enPalma de Mallorca que fue multado por aparcar en zona restringida. El ciudadano alegó que no entendía la señalización por estar en catalán y su denuncia fue desestimada porque las fotografías aportadas para fundamentar la queja evidenciaban que las indicaciones eran «perfectamente comprensibles».

«Es incontestable que la indicación ‘Àrea Circulació Restringida’ y ‘excepte autoritzats’ se corresponde con la indicación en castellano de ‘Área Circulación Restringida’ y ‘excepto autorizados’ y que dichas expresiones pueden ser entendidas por los castellanohablantes», dice el Defensor, que, sin embargo, recuerda al Ayuntamiento de Palma «sus deberes legales» y le insta a revisar las sanciones impuestas.

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