ElCultural/ElEspañol/Alberto Ortín.- La familia Cassirer lleva más de veinte años litigando por la propiedad de un cuadro de Camille Pissarro expuesto en el Thyssen de Madrid.
El juzgado californiano a cargo del caso sobre la propiedad del cuadro Rue Saint-Honoré por la tarde. Efecto de lluvia, obra de Camille Pissarro, que se expone en el Museo Thyssen de Madrid desde el año 1993, ha pedido ayuda al Tribunal Supremo de California dada la complejidad del asunto.
Los descendientes del dueño original del lienzo, la familia Cassirer, llevan más de 20 años litigando para recuperar el cuadro, valorado en la actualidad en unos 25 millones de euros. La pintura fue vendida por sus antiguos propietarios, una reconocida familia judía de Alemania, para conseguir un permiso con el que salir del país, escapar del régimen nazi y viajar a Inglaterra, a finales de los años treinta del pasado siglo.
El barón Hans-Heinrich Thyssen-Bornemisza adquirió el cuadro en una galería de Nueva York en 1976, por 275.000 dólares. El Museo Thyssen, defendido en este caso por el Estado español, sostiene que el barón compró el lienzo obrando de buena fe.
En agosto de 2020, el Tribunal de Apelación de Estados Unidos determinó que la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza era la legítima propietaria del cuadro. Sin embargo, el pasado año, los demandantes consiguieron que el Tribunal Supremo anulara esa sentencia y devolviera el caso a los tribunales californianos.
Ahora, la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito ha trasladado al Tribunal Supremo de California la cuestión de qué norma aplicar al caso, dada la complejidad y la novedad del mismo.
«Si bien California ha juzgado en muchas ocasiones casos de residentes en California que han sufrido lesiones por acusados fuera del Estado, no hemos encontrado ningún precedente de un caso en el que se trata la asignación de un bien robado», dice la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito, en su escrito en el que deciden enviar el caso al Tribunal Supremo de California.
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Bajo la norma de conflicto de leyes de California, se aplica el derecho sustantivo de España, por lo que el cuadro pertenecería a la fundación española, que habría adquirido por prescripción adquisitiva. Pero si se aplica el derecho sustantivo de California, el cuadro pertenecería a los Cassirer, ya que el derecho californiano no prevé la prescripción en casos como este.
Contra la decisión del juzgado de trasladar la cuestión al Tribunal Supremo de California, una de las jueces disiente del parecer del resto de sus colegas y advierte en el escrito que debe ser la Ley española la que prevalezca en este caso.
En una primera etapa judicial del cuadro del Thyssen, la Justicia californiana dio la razón a la fundación aplicando la Ley española. Pero el tribunal que lo juzgó advirtió que el barón Thyssen debía haber sospechado en su momento del origen ilícito del cuadro, y lamentó que España no hubiera actuado de otra manera ante una pintura expoliada por el régimen nazi.
«El Tribunal no tiene más remedio que aplicar la Ley española y no puede obligar al Reino de España o a la Fundación Thyssen a cumplir con sus compromisos morales», dijo el juez en el auto que concluyó que la fundación era la propietaria de la obra.
La Abogacía del Estado defiende en este caso a la Fundación Thyssen sosteniendo que se habían malinterpretado artículos del Código Civil español, sin detenerse en el origen ilegítimo de la propiedad del cuadro.