MANUEL PLANELLES. EL PAÍS.- La Consejería de Educación ha empezado a trasladar a las aulas algunos de los aspectos de la nueva ley de transexualidad, aprobada el miércoles por PP, PSOE e IU en el Parlamento autónomo. Entre esas medidas figura que los alumnos de Andalucía podrán utilizar la vestimenta con la que se sientan identificados. En el caso de que en el colegio o instituto sea obligatorio el uniforme diferenciado por sexos, “se reconocerá el derecho del escolar a vestir con ropas o uniforme femenino o masculino, en función de la identidad de género manifestada”, ha apuntado la Consejería de Educación. Este departamento ha presentado el protocolo sobre identidad de género que se aplicará en todos los centros de la comunidad sostenidos con fondos públicos, también en los concertados. Esta posibilidad —la de poder vestir con falda en el colegio— era lo que planteó hace unos meses la familia de una niña de seis años transexual a un centro concertado de Málaga, que depende del obispado. El colegio se negó y la menor acabó cambiándose de centro escolar. La Consejería de Educación, que abrió un expediente a este concertado, acabó archivándolo sin consecuencias para la dirección del colegio. La Junta dejó el caso en un “apercibimiento” al centro.
A raíz de este caso, y de otros tres repartidos por Málaga y Granada en los que el problema se solventó, la consejería envió unas instrucciones a la dirección de los cuatro centros en las que se explicaba la forma de actuar. Esas instrucciones, con algunas pequeñas modificaciones, son la base del protocolo presentado por la consejería.
En el texto también se incluirá que el personal de los centros docentes se “dirigirá al alumno o alumna con el nombre que acuerde la familia con la dirección del colegio o instituto”. Además, se deberá “adecuar la documentación administrativa del centro docente (listas de clase, boletín informativo de calificaciones, carne de estudiante…) en aquellas situaciones en las que se estime conveniente, a fin de tener en consideración el género con el que se siente identificado el alumno o la alumna”. Sin embargo, Educación establece una salvedad: “en el expediente oficial del alumno o la alumna, y hasta que legalmente proceda”, se mantendrán “los datos de identidad registrados a efectos oficiales”. Esta cláusula busca evitar problemas legales. El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha remitido un informe al Parlamento andaluz en el que se indica que cinco artículos de la nueva ley de transexualidad invaden algunas competencias estatales. Entre los artículos que mencionaba el informe ministerial estaba el dedicado a los centros escolares y el tratamiento que deben recibir los alumnos en la documentación.
El protocolo aprobado por el departamento de Luciano Alonso también establece que los centros evitarán las actividades “diferenciadas por sexo”. “Si en alguna ocasión estuviese justificada esta diferenciación, el profesorado tendrá en consideración el género con el que la alumna o el alumno se siente identificado”. Por último, se señala que, si los centros no disponen de aseos o vestuarios “unisex”, se garantizará que “el alumnado transexual tenga acceso a los aseos y vestuarios que le corresponda de acuerdo con su identidad sexual”.
Todas estas medidas coinciden con las reivindicaciones de la menor que se vio obligada a cambiar de centro escolar y con las que venían proponiendo las asociaciones de defensa de los derechos de los transexuales. Este protocolo presentado este viernes, cuando termine su tramitación, se incorporará a la orden de la Consejería de Educación, de 20 de junio de 2011, para “la promoción de la convivencia”. Esta norma cuenta ya con cuatro protocolos de actuación para casos de maltrato infantil, acoso escolar, violencia de género y agresiones al profesorado.
Francisco Javier García Perales, jefe de servicio de Convivencia e Igualdad de la consejería, ha resaltado que “todos los centros sostenidos con fondos públicos” deberán cumplir el nuevo protocolo. “El incumplimiento de una orden tiene consecuencia”, apunta García. Entre esas consecuencias puede estar una sanción económica o la pérdida del concierto, en el caso de los centros de titularidad privada.