Condenado un portero de discoteca que negó la entrada a un joven bajo el argumento: «el negro no entra»

, | 5 octubre, 2016

Es una de las primeras sentencias que existen en España por hechos de discriminación similar. El acusado, que además le propinó una paliza, ha sido condenado a un año de inhabilitación y 5.000 euros de multa.

maninoracismoLUCÍA VILLA. PÚBLICO.- Un juzgado de Catalunya ha condenado a un año de inhabilitación y 5.000 euros de multa a un agente de seguridad privada de una discoteca de El Masnou, en Barcelona, que impidió la entrada a un hombre negro bajo el argumento de “el negro no entra” y que después le propinó una paliza que le dejó inconsciente.

Según queda probado en la sentencia del Juzgado de lo Penal número 2 de Mataró –y contra la que no cabe recurso- el acusado permitió pasar al acompañante de la víctima, un hombre blanco, pero negó la entrada al otro joven, de raza negra. Cuando éste pidió explicaciones “el acusado le dio un puñetazo en la cara con el brazo derecho. Inconsciente por la potente y sorprendente agresión, cayó sobre su lado derecho”, dice el documento.

Como resultado de la brutal agresión, de la que tardó dos semanas en recuperarse, la víctima sufrió, entre otras cosas, pérdida de conocimiento, la fractura de dos dientes, heridas abiertas en la nariz y en el labio y hematomas en el cráneo.

La sentencia es importante precisamente por su excepcionalidad y porque podría sentar jurisprudencia. Aunque la discriminación racista por parte de agentes de seguridad privada, tanto en discotecas como en otro tipo de establecimientos, es un hecho frecuente, apenas existen condenas por este delito, tipificado en el artículo 512 del Código Penal.

“Las denuncias por estos casos no siempre se han llevado por la vía penal porque muchas veces es muy difícil probar el delito. Y cuando se llevaban por la vía administrativa, nos topábamos con que las propias administraciones no tenían mecanismos para condenar los hechos”, aseguran a Público desde SOS Racisme Catalunya, que ha llevado adelante la denuncia.

El caso de la sentencia dictada por el Juzgado de Mataró ha tardado hasta cuatro años en resolverse y, entre otras cosas no fue desestimada porque el acusado reconoció los hechosy se llegó a un acuerdo entre las partes y la Fiscalía.

“Si la probabilidad de éxito es tan mínima, la mayoría de las víctimas opta por cambiar de discoteca en lugar de emprender un proceso legal tan largo y farragoso”, prosiguen desde la ONG.

De hecho, un informe de la organización revela que, del total de denuncias recibidas por racismo en Catalunya en 2015, un 12% estaban relacionadas con este tipo de actuaciones, aunque sólo el 18% de las víctimas terminaron presentando denuncia legal.

“La discriminación racista en el acceso a locales de ocio es un hecho denunciado repetidamente por SOS Racismo. Supone una vulneración de derechos y es contrario a las libertades individuales garantizadas en el Estado”, denuncia la organización.

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