EFE/La Vanguardia.- El titular del juzgado de instrucción número 2 de Sevilla ha condenado al hombre que el 12 de noviembre de 2021 atacó a tres militantes de Vox que se encontraban en una carpa informativa de este partido en Valencina de la Concepción (Sevilla), que tendrá que pagar 2.520 euros más una indemnización de 355,53 por los daños producidos en los enseres.
Según ha informado Vox en un comunicado y se refleja en la sentencia, el juez considera al atacante, J.M.A.C., responsable penalmente de tres delitos leves de amenazas, así como autor de un delito leve de daños y un delito leve de maltrato de obra, sin que fuese tenido en cuenta el recurso del partido político para que el caso se juzgase como delito de odio.
Vox señala que en la agresión resultaron heridas tres militantes del partido, Ana Jiménez-Carlés, Virginia González y María del Carmen Berenguer, una de ellos con una luxación de hombro y varias magulladuras, y se produjo cuando estaban repartiendo octavillas e información a los vecinos.
La sentencia especifica que el ahora condenado se acercó a la carpa informativa con tres perros, y dijo a quien estaba allí en ese momento «facha de mierda, facistas, aquí no os queremos, os vais a tener que ir de aquí”, en repetidas ocasiones, mientras cogía un cartel del citado partido político, y en una tercera ocasión que accedió a la misma carpa, pasó conduciendo un vehículo y con la ventanilla bajada a la mitad dijo: “Ya os tengo fichados, fascistas de mierda, os tengo que matar”.
Por su parte, J.M.A.C. aseguró ante a el juez que, al pasar ante la carpa informativa, observó «cómo las denunciantes, le miraban despectivamente , cruzó la acera y se dirigió hacia ellas rociando con un spray un cartel de Vox, reconociendo que obró mal, pero que en ningún momento las amenazó».
Durante la agresión intentó arrebatar también el material informativo y destrozar los soportes publicitarios del partido, indica la misma fuente, que señala que, además de pagar las multas citadas, el condenado tendrá que asumir las costas del proceso, según una sentencia que no es firme y contra la que cabe interponer recurso de apelación en los cinco días siguientes a la notificación a las partes.