Audiencia Nacional ve un posible delito de odio en el Ospa Eguna en Alsasua

, | 15 noviembre, 2019

EFE. LA VANGUARDIA.- El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno ha considerado que la celebración del Ospa Eguna (día del adiós) el pasado 31 de agosto en Alsasua pudo ser constitutiva de un delito de odio, por lo que ha acordado inhibirse en favor de los juzgados de esa localidad navarra.

El magistrado ha adoptado esta decisión en un auto al entender que los hechos no constituirían por tanto un delito de enaltecimiento del terrorismo, tal y como denunció este verano la asociación Dignidad y Justicia cuando pidió la prohibición del acto, por lo que no sería ya competencia de la Audiencia Nacional.

Poco antes de la celebración de este acto, el juez rechazó prohibirlo, en contra del criterio de la Fiscalía, si bien ordenó a las autoridades y fuerzas de seguridad controlarlo ante la posibilidad de que se cometiera algún delito.

Ahora, «del examen de las diligencias practicadas», deduce que se podría haber incurrido en un delito de odio del artículo 501.1 del Código Penal, por lo que la competencia recaería en los juzgados de Alsasua, donde se cometieron los hechos.

De lo investigado se desprende, según el auto, que el Ospa Eguna se celebra siempre a finales de agosto con comidas populares, bailes o pasacalles con «notable participación popular» y con el propósito «claro» de ir «creando o alimentando un clima contrario y de rechazo a la Guardia Civil con el fin de que abandone el País Vasco y Navarra».

La convocatoria de este año, añade, estuvo precedida, como viene sucediendo en anteriores convocatorias, por la colocación de pancartas y por la distribución, a través de las redes sociales y calles de la población, de carteles con la reproducción de episodios sucedidos desde la época del franquismo hasta la actualidad que afectarían a vecinos de Alsasua.

Denunciando con ello un pretendido «carácter represivo» de la Guardia Civil, sin un aval judicial que corrobore esos episodios.

«También se difundieron carteles en los que se vertían severas injurias contra el citado Cuerpo y pancartas de grandes dimensiones», en las que se reproducían serigrafías de guardias civiles junto a los textos habituales de la campaña «Alde Hemendik» (Fuera de Aquí).

Además se colocaron pancartas con los rostros de líderes de Navarra Suma, Vox o Ciudadanos con el texto «Faxistak Alde Hemendik» (fascistas fuera de aquí).

Tras la carrera popular, se celebró una comida popular, autorizada por resolución municipal, en una carpa en la que se colocó una pancarta de grandes dimensiones con la palabra «Kalera» (A casa) y en cuyas letras aparecían los rostros de seis etarras.

Sobre las 19 horas se inició una marcha bajo el lema: «Milaka arrazoi maletan» (Miles de razones en las maletas) con 14 paradas en el itinerario del denominado «Mapa histórico de la represión en Alsasua», en las que se escenificaban relatos sobre la tortura, el fascismo y la represión, «atribuidas de forma calumniosa a la Guardia Civil».

Reproduce también el auto el informe de la Guardia Civil sobre el Ospa Eguna en el que se señala que como el movimiento «OSPA» se ha convertido en el principal motor de «incesante hostigamiento» a los miembros de la Guardia Civil, sus familiares y allegados «promoviendo y divulgando el odio, no solo a través de las redes sociales o internet, sino también mediante la constante aparición de pintadas, carteles, pancartas o pasquines en numerosas calles de la localidad».

Expresiones que se proyectan «con más notoriedad si cabe» ante la convocatoria del Ospa Eguna, destaca el informe.

Este tipo de ataques, añade, «coartan los derechos fundamentales de un colectivo, que ve condicionada tanto su actividad privada como su libertad deambulatoria motivado por el discurso del odio que socava las bases de la convivencia y promueve el aislamiento social».

Alsasua fue escenario en octubre de 2016 de una agresión a dos guardias civiles y sus parejas, hechos por los que se juzgó a ocho jóvenes, que fueron condenados por la Audiencia Nacional a entre dos y trece años de cárcel, penas que el Tribunal Supremo rebajó a entre 1 año y medio y 9 años y medio de prisión. 

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