Cadena Ser.- El Colegio de la Abogacía de Bizkaia ha celebrado esta semana el coloquio jurídico ‘Maltrato animal y violencia de género. Una mirada desde el Código Penal’ en el que han analizado la vinculación entre la violencia machista y el maltrato animal. Abogadas y magistradas han evidenciado el cada vez más habitual maltrato hacia las mascotas para hacer aún más daño a la víctima, una nueva forma de violencia vicaria.
Violencia vicaria
Las agresiones machistas hacia la mujer se producen de muchas formas: insultos, amenazas, violencia física y también violencia contra los seres queridos, la llamada violencia vicaria, que puede darse no sólo contra los hijos, sino también contra las mascotas. Es una realidad que las profesionales juristas que trabajan en violencia de género se encuentran con frecuencia.
La magistrada del Juzgado de Violencia contra la Mujer número 1 de Bilbao, Leticia Badiola, ofreció en este coloquio varios ejemplos reales con amenazas tan explícitas como: «Voy a hundir a tu familia, voy a matar a todos tus perros, a tu gata, a todos. Voy a exterminaros». Amenazas a las mascotas que se combinan con agresiones reales contra los animales en muchos casos como una forma más de intimidación a la víctima.
Un agravante para la pena
Conseguir probar esta relación entre violencia de género y maltrato animal no es fácil, pero, si se consigue, supone un agravante que condiciona también la pena. La abogada y delegada de la Coordinadora de Profesionales por la prevención de abusos, Cristina Bécares, apuntaba a que una vez acreditada esa relación, «estaríamos ante un tipo agravado, de manera que esa persona no sería solamente condenada por un delito de maltrato animal tipo básico, sino que tendría una penalidad superior a la del tipo básico, de manera que se le acabaría imponiendo la pena en su mitad superior».
Las casas de acogida no admiten mascotas
Las mascotas no son usadas sólo como forma de agresión, los agresores también las usan para coaccionar a la víctima. Uno de los ejemplos más claros se encuentra en el caso de las casas de acogida. Al contrario de lo que ocurre, por ejemplo, en Estados Unidos, en España las casas de acogida para mujeres maltratadas no admiten mascotas, por lo que, según afirmaba Teresa San Segundo, Profesora titular de Derecho Civil, «hay muchas mujeres que no quieren irse de casa por no abandonar a sus mascotas y dejarlas en manos del agresor».
Las profesionales legales han conseguido logros importantes en este campo. Leticia Badiola ha llegado a incluir a las mascotas dentro de una orden de protección en un caso real en Bilbao en el que la víctima era titular de los perros que eran maltratados por el agresor acordando «la retirada de los animales al amparo del artículo y considerando que era algo necesario para proteger a las perras como sujetos probables de un delito de maltrato».
Leticia Badiola considera además que este maltrato animal se debe usar también como indicador de la potencial peligrosidad del agresor a la hora de establecer las medidas de protección, como prueba de una escalada de violencia que comienza con insultos y amenazas para pasar a la agresión física, primero a las mascotas y luego a la mujer.