El Periódico.- El magistrado da por cumplida la instrucción una vez que, como ordenó la Sala de lo Penal, dio traslado a las partes de las diligencias de las que partió la investigación.
El juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón ha dado por concluido el sumario abierto contra los miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) investigados en la Operación Judas, en la que en septiembre de 2019 se detuvo a casi una decena de personas. El magistrado ha dado el paso para que sean juzgados por pertenencia a organización terrorista y tenencia, depósito y fabricación de sustancias o aparatos explosivos e inflamables de carácter terrorista, tras cumplir la orden de la Sala de lo Penal de dar traslado a las defensas de las diligencias que llevaron a iniciar las pesquisas, como las relativas al CNI catalán, y que pudieran interrogar a los guardias civiles que participaron en el operativo, informaron a EL PERIÓDICO fuentes jurídicas.
El titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 se reafirma en que todos ellos deben ser juzgados por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional por un delito de pertenencia a organización terrorista, y nueve, también por tenencia, depósito y fabricación de sustancias o aparatos explosivos e inflamables de carácter terrorista. Ello, pese a que se encuentran en libertad por orden de la Sala de lo Penal, que entendió exagerado que se les mantuviera presos por su vinculación con supuestas sustancias explosivas, cuando las sustancias aún no habían sido mezcladas para provocar ese efecto.
Hasta 15 años de cárcel
La resolución precisa que la pertenencia a organización terrorista está penada con penas de entre seis y 12 años de cárcel, mientras que la tenencia, depósito y fabricación lo está con entre 8 y 15 años de prisión. Los procesados por ambos delitos son Eduardo Garzón, Esther García Canet, Sonia Pascual, Queralt Casoliva, Germinal Tomás Aubeso, Alexis Codina, Rafael Joaquín Delgado y Jordi Ros. Por su parte, Ferran Jolis, Xavier Buigas, David Budria y Clara Borrero, solo lo están por pertenencia.
El juez levantó el procesamiento a uno de los detenidos en la operación Judas por razones médicas, al entender que carecía «de las facultades mentales precisas para tomar conciencia, por ejemplo, del alcance jurídico de sus respuestas al interrogatorio de la acusación», lo que lo dejaba indefenso frente al «poder sancionador del Estado».
ERT
El juez, que acuerda no modificar su situación, mientras se prepara la celebración del juicio, explicaba en su anterior resolución que los procesados formaban, dentro de los CDR, el denominado Equipo de Respuesta Táctica (ERT), que consideraba una célula integrada por individuos de diferentes comités que “evidencian una gran radicalidad” y a la que se les habían encargado acciones más delicadas por su mayor predisposición y entrega «a la causa». Según el magistrado, su objetivo final como organización era conseguir la independencia de Catalunya, empleando la violencia para forzar a las instituciones a conceder por la vía de los hechos su separación del resto de España.
El auto de procesamiento señalaba que los miembros del ERT «habrían superado la actividad dentro del respectivo CDR y conformado una organización terrorista paralela, de carácter clandestino y estable, cuyo objetivo sería el de llevar a cabo acciones violentas o atentados contra objetivos previamente seleccionados utilizando para ello los explosivos y/o sustancias incendiarias fabricados en los dos laboratorios clandestinos que la propia organización tenía en dos domicilios particulares”.
Además, añadía, en el momento de su desarticulación, la organización, cuya presunta acción habría sido el asalto al Parlament tras la sentencia del ‘procés’, ya había llevado a cabo informaciones precisas de posibles objetivos, mediante la vigilancia y control de instalaciones policiales y la toma de fotografías y vídeos. En las imágenes se recogen accesos a las instalaciones, cámaras de vigilancia, localización de torres eléctricas, agentes policiales y placas de matrículas de vehículos policiales.