El Periódico.- La magistrada del mercantil número 11 de Barcelona da la razón a Foment del Treball en su denuncia contra la campaña «Consum estratègic».
La magistrada del mercantil número 11 de Barcelona ha sentenciado en contra de la campaña «Consum estratègic» de la ANC y considera acreditado que esta supuso, de facto, un boicot a las empresas no independentistas. La jueza da la razón a Foment del Treball en su denuncia, coincide con las resoluciones previas de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y ordena la clausura definitiva de la web con el buscador de empresas afines a las posiciones independentistas. «Ha quedado acreditado que la conducta llevada a cabo por la ANC constituye un acto de obstaculización, en su modalidad de boicot», considera la magistrada en la sentencia a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO. Sobre la misma cabe posibilidad de recurso.
Noviembre del 2018, un año y un mes después del referéndum del 1-O la ANC anuncia la puesta en marcha de una campaña bautizada como «Consum estratègic». Según la misma, la entidad independentista -por aquel entonces presidida por Elisenda Paluzie– inicia así la elaboración de una lista de empresas afines a sus posiciones y llama a la población a únicamente consumir en estas. Para así beneficiar, según argumentaron, a las posiciones favorables a la independencia de Catalunya. Posteriormente lanza una página web con un buscador de compañías simpatizantes y las presenta como una alternativa a aquellas empresas «que han participado en la campaña del miedo». Ante dicha iniciativa, la patronal Foment del Treball presenta una denuncia ante los tribunales al considerar que dicho acto supone un boicot y un acto de competencia desleal.
La pugna judicial da inicio en 2019 y el juzgado a cargo del caso aceptó las medidas cautelaras reclamadas por Foment y ordenó suspender temporalmente la web de la ANC. Antes de emitir sentencia, la CNMC también inspeccionó la causa y censuró la campaña de la ANC, si bien decidió no imponerle sanción alguna. «La pérdida de clientes por parte de empresas no afines no era un mero efecto colateral de la promoción de otras entidades según el juego de la libre competencia, sino un objetivo principal, consciente y deliberado de la campaña», consideró la entidad.
Una vez concluidas las pesquisas de la CNMC, el juzgado de lo mercantil de Barcelona ha emitido su veredicto y ha fallado en la misma línea. «Las conductas desplegadas por la ANC fueron más allá de provocar o estimular el debate o de informar a los consumidores», sentencia. El fallo ordena el cierre definitivo de la web, cargando las costas del proceso judicial a la entidad soberanista y vetando futuras acciones similares en un futuro.