OLGA R. SAN MARTÍN. EL MUNDO.- El Gobierno tiene todo a punto para dar cobertura legal a las devoluciones inmediatas de inmigrantes que la Guardia Civil realiza en la valla de Melilla sin ningún tipo de garantía jurídica. Mientras el PP presentaba anteayer una enmienda a la Ley de Seguridad Ciudadana para cambiar la Ley de Extranjería y dar vía libre a las expulsiones en caliente, el Ministerio del Interior informaba ayer de un protocolo «que entrará en vigor» una vez hechos estos cambios.
La enmienda persigue incorporar a la Ley de Extranjería una disposición adicional que refleje la «singularidad geográfica, fronteriza y de seguridad de Ceuta y Melilla». Y establece que «los extranjeros que sean detectados en la línea fronteriza de la demarcación territorial de Ceuta o Melilla, intentando el cruce no autorizado de la frontera de forma clandestina, flagrante o violenta, serán rechazados a fin de impedir su entrada ilegal en España».
El protocolo -que hasta ahora no existía y que había sido insistentemente reclamado por los propios guardias civiles- dice algo muy importante: que «la entrada ilegal en España de inmigrantes se entenderá consumada en caso de rebasar completamente el sistema perimetral de seguridad». En otras palabras, el inmigrante habrá pisado suelo español cuando rebase este «sistema perimetral de seguridad».
¿Y qué se entiende por «sistema perimetral de seguridad»? El ministro lo vino a explicar ayer en el Congreso, al responder a los periodistas que los «obstáculos que están establecidos en el perímetro fronterizo de Ceuta y Melilla» lo forman «los medios físicos», que son «las vallas», y «los medios humanos», que es la Guardia Civil. O sea, la frontera es una persona. ONG y destacados juristas consultados por este diario coinciden en que «es inconstitucional» cambiar la ley para legitimar estas prácticas. Éstas son sus razones:
Lagunas legales
La frontera
El catedrático de Derecho Penal de la Universidad Complutense de Madrid Enrique Gimbernat afirma categóricamente que las vallas de Ceuta y Melilla «están colocadas en suelo español». «No se puede cambiar de forma arbitraria la frontera», recuerda. «Esta enmienda va a resultar sumamente satisfactoria para las pretensiones territoriales de Marruecos porque sólo arroja dudas sobre los límites territoriales de Ceuta y Melilla con el país vecino», apunta Margarita Martínez Escamilla, catedrática de Derecho Penal en la misma universidad. Cristina Manzanedo, abogada de la ONG jesuita Pueblos Unidos, se pregunta: «Si dicen que estos inmigrantes no han entrado en suelo español, ¿cómo pueden legislar sobre un territorio que no es tuyo?».
Derecho a audiencia
Los guardias que devuelven por la fuerza a inmigrantes a Marruecos realizan un acto administrativo. En él, como mínimo, es necesario el respeto al principio de audiencia; es decir, que el afectado pueda alegar lo que a su derecho interese. «Entendemos que no puede ser constitucional porque se atenta contra el derecho a audiencia, que es la garantía de otros derechos, como el derecho de asilo», dice Francisco Solans, portavoz de la Subcomisión de Extranjería del Consejo General de la Abogacía Española.
Derecho de asilo y doctrina internacional
«Para hacer este cambio, habría que derogar la Ley de Asilo española y denunciar varios convenios internacionales. Entra en conflicto con la Convención de Ginebra y el Convenio Europeo de Derechos Humanos, porque no da opción a comprobar si los inmigrantes son refugiados», afirma Gimbernat.
Procedimiento
«La modificación de una ley orgánica, como es la Ley de Extranjería, requiere un procedimiento que exige que este cambio sea sometido a los dictámenes de órganos como el Consejo General del Poder Judicial, el Consejo Fiscal o el Consejo de Estado. Al introducir ex novo [de nuevas] esta enmienda a un texto que ya está en el Congreso, parecen querer burlar los requisitos procedimentales», dice Martínez Escamilla.
Término dudoso
Interior habla de «rechazo en frontera», un término de nueva creación «que no tiene valor jurídico», según los juristas. Están la devolución, la expulsión y la denegación de entrada, pero no el «rechazo».
Una duda
Los juristas no entienden que Interior defienda la legalidad de estas prácticas. No sólo van en contra de la actual Ley de Extranjería, sino del Tratado de Readmisión con Marruecos de 1992. «Si tales actuaciones están amparadas en la ley, ¿para qué quieren modificarla? Podríamos pensar que para que se sobresea la causa penal en que está imputado por un presunto delito de prevaricación por devoluciones en caliente el coronel jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de Melilla», dice Martínez Escamilla.