El Mundo.- El recurrente solicitó utilizar este idioma durante la entrevista personal y el tribunal evaluador no le dejó.
El Juzgado Contencioso Administrativo número 4 de Barcelona ha estimado el recurso presentado por un cabo de la Guardia Urbana y anula la decisión del Ayuntamiento de Barcelona de suspenderle en el proceso selectivo por promoción interna para la cobertura de 50 plazas de sargento de este cuerpo policial. En concreto, la sentencia, a la que ha tenido acceso este medio, considera que hubo discriminación del policía en la entrevista oral dentro de la selección ya que se le denegó la posibilidad de expresarse y contestar en castellano como lo había solicitado.
En este sentido, el juzgado señala la declaración como testigo del observador sindical que participó en este tribunal dentro del proceso y que «practicó la entrevista al recurrente». Especifica que cuanto el cabo «solicitó expresarse en castellano se le dijo que no, negándole tal posibilidad». La sentencia rechaza los argumentos del Consistorio sobre que el policía no superó la prueba por su capacidad tras la evaluación del tribunal calificador y detalla que en un informe aportado se indica que «la entrevista se realizaba en catalán y que las respuestas podían ser en catalán o castellano y que el interesado solicitó hacer la entrevista en castellano».
«Uno de los puntos no controvertidos en el presente recurso es precisamente que el recurrente se expresó en catalán, según él por imposición del tribunal y según la demandada por elección propia. Este hecho no controvertido se contradice con el informe en cuestión que señala que el aspirante solicitó expresarse en castellano. Lo anterior reafirma más a este órgano judicial en la veracidad de la versión dada por el testigo», señala la juez.
Además, también rechaza el argumento del Ayuntamiento sobre que «la calificación de no apto del aspirante lo fue por su nivel competencial» y añade que «el nivel competencial debía manifestarse a través de una entrevista, entrevista en la que la dificultad idiomática o el hecho de expresarse en una lengua cuyo dominio no es tan perfecto como el que pueda poseerse con la lengua madre resulta una traba de magnitud suficiente como para impedir poner de manifiesto las competencias que se valoran en la entrevista».
Por eso, estima el recurso y anula la calificación de ‘no apto’ del agente en este proceso selectivo y ordena la repetición de la entrevista «a fin de que se le permita contestar a la cuestiones que se le planteen en la lengua cooficial que libremente escoja». El juzgado condena en costas al Ayuntamiento a pagar unos 250 euros.
Tras conocerse esta sentencia, el sindicato CSIF, que representó al recurrente, instó al Consistorio a cumplir «la ley con rigor» ya que le «asiste en principio de legalidad». Por eso, el secretario de Organización de CSIF, Eugenio Zambrano, pidió al Ayuntamiento que «asuman responsabilidades políticas y técnicas» tras la decisión judicial ya que «queda evidenciado» una «mala praxis» en el proceso de selección.
También indicó que el recurrente prepara, junto con el despacho de abogados Fuster-Fabra, una querella contra representantes del Consistorio y del cuerpo policial por los delitos de «prevaricación, falsedad documental y contra los derechos fundamentales», ya que consideran que existen «responsabilidades penales» en lo ocurrido. Para Zambrano esta «mala praxis» es «una más de las muchas que tienen lugar en la Guardia Urbana» y que denuncia CSIF ya que muchos trabajadores, del cuerpo y del Consistorio, «no se sienten representados» por otros sindicatos.
En este sentido considera que el observador sindical de UGT «no hizo nada por velar por los derechos de los aspirantes a la plaza de sargento, aunque en el juicio dijo la verdad». Para Zambrano la sentencia «no es en defensa de la lengua, sino en defensa de la ley, del principio de legalidad y de los derechos de los trabajadores» ya que considera que en Consistorio «se vulneran derechos de todo tipo».