El Supremo confirma que cinco entidades catalanas deberán pagar 15.000 euros a Societat Civil

| 13 mayo, 2021

El Español.- El tribunal desestima el recurso de las asociaciones que acusaron de nazismo a SCC al entender que fue un ataque desproporcionado que “desprestigia” a la organización.

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha desestimado los recursos de cinco entidades y un particular después de que la Audiencia Provincial de Barcelona confirmara su condena por intromisión ilegítima en el derecho al honor de Societat Civil Catalana por la publicación del manifiesto La societat civil de Catalunya, per la dignitat, que acusó a la entidad constitucionalista de apología del fascismo y del nazismo.

Según ha informado el poder judicial en un comunicado, el Supremo confirma el fallo, por lo que las entidades deberán indemnizar con 15.000 euros a SCC por daños y perjuicios, además de costear la publicación de la sentencia en La Vanguardia. Las organizaciones en cuestión son la Comissió de la Dignitat, Amical de Mauthausen; SOS Racisme; Fundació Congrés de Cultura Catalana y Fundació Catalunya Fons, además de Markus Pucnik, exempleado de SCC.

Se atribuye defensa del nazismo

Según el Supremo, el manifiesto imputaba a SCC la defensa y la exaltación de los crímenes contra la humanidad del nazismo y del franquismo y recordaba que estas conductas son incompatibles con los valores de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

“Es decir, que se está atribuyendo a la demandante la defensa o alabanza de las más reprobables conductas atentatorias a los derechos fundamentales, lo que la desprestigia y desacredita, dada la gravedad de la imputación realizada, que se lleva a efecto desde la serenidad y mayor reflexión que implica la redacción de un texto escrito como es un manifiesto”, ha señalado la Sala.

Acusaciones desproporcionadas

Las acusaciones vertidas contra SCC carecen de base fáctica, según el fallo, y se hicieron sin pruebas a pesar de tratarse de “imputaciones de la mayor gravedad”. Además, no se hicieron con la “proporcionalidad” necesaria para verse amparadas por la libertad de expresión, sino que se reducen a “la más absoluta descalificación.”

Por lo tanto, el tribunal entiende que las palabras lanzadas desde dichas entidades van más allá de una mera crítica a Societat Civil, sino que “le atribuyen, como entidad con personalidad jurídica propia distinta a la de sus miembros, realizar la apología de ideas totalitarias, responsables de aberrantes crímenes, que además se reflejan en el manifiesto para dar mayor fuerza a la imputación efectuada e incrementar el desvalor atribuido, que le harían indigna a la concesión del premio recibido del Parlamento de Europa”.

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