La Fiscalía estudia si el discurso de Vox contra los ‘mena’ es un delito de odio

, , | 15 noviembre, 2020

En España existe poca jurisprudencia para condenar los actos racistas y xenófobos, que el año pasado sólo lograron nueve sentencias

DOMÉNICO CHIAPPE. DIARIO MONTAÑÉS.- Por la creciente «criminalización» de los menores migrantes, con «discursos» en los que se les relaciona, de «manera colectiva», con delitos y violencia, cuatro ONG y el Consejo General de la Abogacía Española se dirigieron a la Fiscalía para que inicie una investigación. Se referían, en concreto, a tres «actos de naturaleza política» en El Masnou (Cataluña), Hortaleza (Madrid) y La Macarena (Sevilla). En este último, la representante de Vox, Rocío Monasterio, llamó «manadas» a los niños y adolescentes acogidos en un centro de menores.

Ante el requerimiento, la Fiscalía estudia ahora esta demanda, y «responderá a los denunciantes lo que se estime oportuno una vez analizado el texto de la denuncia». Sin embargo, advierte que al ser «un tipo penal de reciente incorporación», existe «poca jurisprudencia» en este tipo de delito. En 2018, hubo 1.419 «incidentes» de odio, de los que 524 eran de «racismo o xenofobia». Por esta incitación al «odio, violencia o discriminación» sólo se abrieron 117 procedimientos judiciales que apenas lograron 9 sentencias, según datos de la Fiscalía.

«Durante los últimos meses ha sido constante la criminalización que se ha hecho de estos niños y niñas por parte de determinados actores políticos, cuyos discursos han sido ampliamente difundidos por los medios de comunicación», asegura un portavoz de Save the Children, una de las ONG que, junto a Unicef, Fundación Raíces y la Plataforma de Infancia, elevó este recurso ante la Fiscalía. «Este tipo de actos, declaraciones y discursos ponen en grave peligro su integridad física, psíquica y moral, en la medida en que pueden contribuir a que se desencadenen actos xenófobos o de odio contra estos niños y niñas».

Ante la duda de la Fiscalía sobre si este tipo de actos pueden calificarse como «delitos de odio», la ONG asegura que sí: «entra en la definición que hace el Ministerio del Interior», en la que la víctima se elige por pertenecer a un grupo de característica común de raza, origen, lenguaje, color, religión, edad u orientación sexual, entre otros. En el caso de los menores de edad no acompañados, que con frecuencia son nombrados por el acrónimo ‘mena’, entrarían en esa definición por varias de esas características, siendo un colectivo vulnerable.

La posición de la Defensoría del Pueblo, a quien también se dirigieron las ONG, no tiene matices: «estos niños y niñas han sido víctimas de mensajes xenófobos y racistas», un «ataque insidioso» contra menores tutelados por el Estado, según Francisco Fernández Marugán, el defensor del pueblo. «Es lamentable y falsa la imagen que algunos se empeñan en presentar de estos menores describiéndolos como delincuentes».

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