La Fiscalía Superior de Cantabria ha hecho un nuevo llamamiento a los juzgados para que dejen de incoar los actos de odio, humillación o menosprecio como delitos leves, una «tendencia» que llama a modificar puesto que la última reforma del Código Penal (de 2015) tipifica como delito menos grave y no leve las acciones que lesionan la dignidad de las personas por motivos como el racismo, la ideología, las minusvalías, la religión o la orientación sexual
EUROPA PRESS. 20 MINUTOS.- En su memoria anual, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Fiscalía constata sin embargo un «cambio de tendencia» en esta materia, que se traduce en un aumento de los procedimientos incoados por delitos de odio: 11 en 2018 frente a cuatro en 2017.
El año pasado se han instruido, entre otros, casos por insultos ofensivos hacia la raza de un menor, que el juzgado calificó como delito leve; o por la actitud agresiva de dos jóvenes hacia la dependienta de una tienda, a la que constantemente se dirigían como «puta china», y que finalmente fueron condenados por un delito leve.
Los mismo ocurrió en otro procedimiento por menospreciar a una persona, por escrito, por su raza. La condena en este caso tampoco fue por delito de odio, como pedía el Ministerio Público, sino por delito leve de amenazas, imponiendo pena de multa y de prohibición de aproximación a 300 metros durante seis meses, según ha informado a Europa Press la Fiscalía.
Algunas diligencias fueron archivadas al no averiguarse la autoría. Es el caso de las pintadas que aparecieron en la pared de una academia con el texto de «inmigrantes al paredón, por el Faro, ya», o la denuncia de la asociación Alega poniendo de manifiesto comentarios en Twitter, con ocasión del anuncio de los actos del Orgullo LGTB, afirmando que «colocaré una bomba ese día allí». «La investigación demostró que el registro de IP desde las que se realizaron las conexiones a la cuenta de twitter se hicieron desdeParaguay», pero no se logró averiguar la autoría.
La Fiscalía señala que la creación de los llamados «delitos de odio» con la finalidad de tutelar los derechos fundamentales de los colectivos que sufren algún tipo de discriminación social, exige practicar las diligencias que se estimen necesarias para acreditar el motivo de la acción y la existencia, en su caso, de indicadores de odio, con el fin de adecuar el reproche penal a los mismos.
La máxima responsable de la Fiscalía en Cantabria, Pilar Jiménez Bados, que es la fiscal delegada de este área de tutela penal de la igualdad y contra la discriminación, explica que el legislador «ha sido sensible a la inquietante mundialización del odio» y ha considerado a las víctimas de los delitos de odio como personas en riesgo, con las que hay que adoptar, como afirma el Estatuto de la Víctima, medidas y reconocimiento de su necesidad de protección especial, medidas que «se adoptan en pocos casos», asegura.
En todo caso, la fiscal reconoce un «cambio de tendencia» frente a las «dificultades» que trasladaba en anteriores memorias a la hora de «sensibilizar a los operadores jurídicos» en esta materia, y destaca el esfuerzo de la fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, a quienes expresa públicamente el reconocimiento por su labor.
La Fiscalía solicitó incluir en la Comisión Provincial de Policía Judicial esta materia de forma que, entre otros aspectos, se diera difusión a los criterios recogidos en la Guía práctica de persecución de los delitos de odio elaborada por la Organización para la Seguridad y Cooperación en Europa (OSCE).