El odio no se denuncia

| 22 octubre, 2019

Las víctimas se sienten en riesgo si denuncian. La motivación distingue el delito común del delito de odio

CANAL SUR.- Solo uno de cada 10 delitos de odio se denuncia. Según los expertos, casi siempre se producen entre los colectivos mas vulnerables y las victimas renuncian a hacerlo.

La pregunta es ¿qué se considera delito de odio? Pongamos algunos ejemplos: unos hombres insultan a mujeres en una concentración del 8-M en Sevilla. Además lo comparten por whatsapp. Han sido condenados a seis meses de prisión.

Pongamos otro caso: un perfil de Vox en Twitter criticando la elección de una chica marroquí como reina de las fiestas de Otura, en Granada. La denuncia fue archivada. Y está la gran pregunta: ¿hasta dónde se considera libertad de expresión?

Es un tema de debate que este martes ha reunido a expertos en Sevilla en unas jornadas organizadas por el colegio de abogados. 

COLECTIVOS VULNERABLES

La abogada Olga Burgos considera que el porcentaje de denuncias de delitos de odio todavía es muy bajo porque la mayoría de las víctimas pertenecen a colectivos vulnerables, «para ellos denunciar puede llevar a una situación de riesgo. A veces aflora su situación de condición irregular en el país». La víctimas por tanto no quieren verse doblemente expuestas.

El Código Penal lo tipifica claramente: discriminación o violencia contra un grupo o una persona por razones etnia, sexo, origen, orientación sexual, discapacidad e incluso pobreza. Pero todavía hay dudas sobre su interpretación. Charo Alises, del colegio de abogados de Málaga lo deja claro :»es la motivación lo que distingue un delito común de un delito de odio»

Porque el odio es libre. Distinto es incitarlo hacia grupos o minorías vulnerables o tradicionalmente discriminados. Eso está penado, con prisión de 1 a 4 años y multa de 6 a 12 meses.

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