El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó a Austria por no proteger privacidad de superviviente del régimen nazi
EFE. DEUTSCHE WELLE.- El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó este jueves (10.10.2019) a Austria por no proteger el derecho a la vida privada y familiar de unos de los últimos supervivientes del campo de Mauthausen, tras unos artículos publicados en un periódico próximo al partido ultranacionalista FPÖ.
Austria deberá indemnizar al demandante de 96 años Aba Lewit, judío nacido en Polonia, con más de 12.000 euros, entre daños morales, materiales y gastos.
El fallo concluye que los tribunales austríacos «nunca examinaron realmente la cuestión central de la queja por difamación del demandante» y «no realizaron un ejercicio de equilibrio entre los derechos» del Convenio en cuestión.
En verano de 2015, el periódico mensual «Aula» publicó un artículo que calificaba de «asesinos en masa», «criminales» y «peste» a las personas liberadas del campo de concentración nazi de Mauthausen. La investigación penal abierta fue archivada.
En el número de febrero de 2016, el mismo articulista evocó en el mismo periódico el archivo y repitió las declaraciones anteriores. Lewitt y otros nueve supervivientes iniciaron una demanda basada en la Ley de Medios contra el diario y el articulista.
Prisioneros del régimen nazi en el campo de concentración de Mauthausen, Austria, tras la liberación por parte de las tropas aliadas. (1945).
Los demandantes argumentaron en su queja que fueron «víctimas del régimen nazi e internados en Mathausen por sus orígenes, creencias y convicciones» y que «nunca cometieron crimen alguno digno de ese nombre».
Un tribunal de Graz desestimó la demanda porque de Mauthausen fueron liberadas unas 20.000 personas en 1945 y los demandantes «no podían verse afectados directamente por las declaraciones del artículo» y «no tenían legitimidad» para la queja.
Estimó además que en el artículo de 2016 no había ninguna declaración difamatoria distinta a la del artículo de 2015.
El resto de jurisdicciones internas rechazó sus recursos, por lo que Lewit recurrió ante el Tribunal de Estrasburgo, al entender que el Estado no había cumplido con su obligación de proteger su reputación de declaraciones engañosas e injuriosas.
El tribunal sostiene en el fallo que «el contexto y la finalidad de los dos artículos eran muy diferentes», ya que en el primero se emitían juicios que podrían ser difamatorios y el segundo se centra en el archivo del proceso por el primer texto.
La Corte europea no se muestra convencida con la interpretación de los tribunales austríacos de que los demandantes «no estuvieran directamente afectados» por el segundo artículo.