EUROPA PRESS. LA VANGUARDIA.- La Fiscalía de la Comunitat Valenciana ha dictado un decreto, con fecha de este mismo miércoles, en el que no cree que la petición de Vox presentada en Les Corts sobre solicitud de las subvenciones a entidades LGTBI pueda ser constitutiva de un delito de odio tipificado en el artículo 510 del Código Penal, si bien sí que considera que esta petición de información, al estar referida «exclusivamente» a ese colectivo «puede constituir una forma de discriminación».
Además, en el decreto, firmado por la fiscal superior de la Comunitat Valenciana, Teresa Gisbert, se recuerda la Ley de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, en el sentido de subrayar que la contestación a esa reclamación de información «podría suponer desvelar la orientación e identidad sexual de los afectados, lo que podría implicar una intromisión en su intimidad».
La fiscal superior, al no ver indicios de delito, archiva el expediente abierto, y lo comunica al presidente de la cámara autonómica, Enric Morera, a los efectos oportunos. El pasado 4 de julio, la Mesa del parlamento acordó poner la petición de documentación de Vox en conocimiento de la Fiscalía para pedir el criterio de este órgano antes de acordar o no la remisión al Consell de la solicitud.
Después de la contestación de la consulta hecha por la Mesa a la Fiscalía, y una vez recibido el decreto con la contestación, Morera propondrá a la Mesa la tramitación de la petición, adjuntando el documento del Ministerio Fiscal, «para que el Consell lo tenga en cuenta a la hora de efectuar la contestación para no incurrir en discriminación ni en la revelación de datos íntimos», según ha informado la cámara autonómica en un comunicado.
Vox, a través de la diputada Ángeles Criado, había solicitado una documentación sobre «subvenciones en relación al colectivo LGTBI en la Comunitat Valenciana».
Sin embargo, desde la Presidencia de Les Corts, se entendió que la referencia genérica al colectivo así como la información «detallada» con relación a los perceptores de subvenciones, «personas que han impartido estas actividades con menores», «antecedentes penales», «acreditación de formación o preparación» o «criterio para el nombramiento», podría contravenir la legalidad, así que tras consultar a la Mesa de la cámara, lo puso en conocimiento de la Fiscalía antes de acordar o no la remisión al Consell de la solicitud de documentación.
En su decreto, Fiscalía repasa la Circular 7/2019 de la Fiscalía General del Estado sobre pautas para interpretar los delitos de odio tipificados en el artículo 510 del Código Penal; el artículo 14 de la Constitución Española sobre igualdad ante la ley sin que pueda prevalecer discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social; el artículo 9.1 de la LO 3/2018 de Protección de Datos y los artículos 12 y 157 del Reglamento de Les Corts sobre el cumplimiento de las funciones parlamentarias de los diputados.
Asimismo, cita los artículos 7 y 144 de la Ley 8/2017 integral del reconocimiento del derecho a la identidad y a la expresión de género en la Comunitat y el 1, 4 y 5 de la Ley 23/2018 de Igualdad de las personas LGTBI.
Con todo ello, concluye que los hechos comunicados por Morera no presentan indicios de la posible comisión de un hecho delictivo, por lo que no procede a abrir diligencias de investigación penal, pero sí apunta a que la petición puede ser una «forma de discriminación» e implicar una intromisión en la intimidad de los afectados.