La paliza fue difundida a través de los teléfonos móviles por chiquillos, que no tenían edad para ser juzgados
CARLOS MORÁN. EL IDEAL.- La víctima era una joven que padecía una minusvalía del 65% y la agresora, una chica que era menor de edad cuando ocurrieron los hechos, que fue en diciembre del año pasado en un barrio de la capital granadina. Sucedió en plena calle y había público: varios niños que no tenían ni siquiera catorce años, es decir, que no podían ser imputados y mucho menos juzgados. Lo que sí tenían eran móviles. Y, además de jalear y animar a la atacante, se dedicaron a grabar el deprimente ‘espectáculo’ y a difundirlo automáticamente a través de sus teléfonos. Sin embargo, ninguno de ellos se sentó en el banquillo de los acusados. Eran demasiado pequeños para eso.
En este sentido, la única procesada fue la menor que propinó la paliza a la perjudicada. La agresora reconoció los hechos y no fue necesario celebrar la vista oral del juicio. Admitió su culpa y se conformó con la medida que solicitaba para ella la fiscalía: cinco meses de libertad vigilada por la comisión de un delito leve de lesiones. «En el presente caso -detalla la sentencia-, a tenor del resultado y de las lesiones ocasionadas, queda perfectamente encuadrada la conducta de la menor en el tipo descrito por el ministerio fiscal como delito leve, (…) siendo consciente de la ilegalidad de su conducta y merecedora por tanto de un reproche penal».
Durante el tiempo que la acusada esté bajo la vigilancia del juzgado, deberá cumplir una serie de objetivos educativos y sociales. Por ejemplo, los educadores encargados de hacerle el seguimiento controlarán su rendimiento escolar y sus amistades. Y si en algún momento se sale del camino trazado, podría ser encausada por un delito de desobediencia o quebrantamiento de condena, infracciones que pueden implicar su encierro en un correccional.
El incidente que ya ha zanjado la justicia -al conformarse la menor con la pena solicitada por la fiscalía, la sentencia es firme y, en consecuencia, no admite recurso alguno- ocurrió en noviembre de 2016, cuando la víctima, que padece «una minusvalía del 65%, se encontraba en una plaza» de un barrio de Granada. En un momento dado, se le acercó la ahora condenada, «quien, debido a previas desavenencias, la tiró al suelo donde le golpeó con patadas y puñetazos, arrastrándola por el pelo, todo ello en presencia de otros jóvenes menores de catorce años -esto es, inimputables- que jaleaban a la menor», explica la resolución judicial la forma en que se desarrollan los acontecimientos.
Alguno o varios de esos chiquillos grabaron la agresión y la difundieron a través de sus teléfonos móviles, pero no se abrió ninguna investigación al respecto porque los supuestos autores no tenían edad para ser juzgados.
Demasiado pequeños
A propósito de este problema, el de los delincuentes infantiles que no pueden ser procesados por su corta edad, la Fiscalía General del Estado destaca en su última memoria que en 2016 se registró en el conjunto de España un aumento muy significativo de los casos a los hubo que dar carpetazo por este motivo. «En 2016 se archivaron 9.496 diligencias por ser los encartados menores de edad inferior a los catorce años. Este año ya sí se puede decir que esa cifra supone un aumento significativo respecto a las 8.048 diligencias archivadas por este motivo durante el año 2015 o las 7.734 causas de 2014. Es la cifra más alta de la década desde 2011. Ese año se archivaron, 10.425 diligencias, pero los criterios registrales eran otros, como se ha dicho».
Con todo, el ministerio público aclara que las infracciones que cometen estos niños «no son de notoria gravedad». La mayoría de casos, son acoso escolar, «también en su variante tecnológica de ciberbullying».