La Xunta prevé multas de 601.000 euros por discriminación en pubs

| 2 julio, 2013

PubGalicia  M. CHEDA. LA VOZ DE GALICIA.- «O exercicio do dereito de admisión non pode supor, en ningún caso, discriminación por razón de raza, identidade de xénero, orientación sexual, relixión, opinión, discapacidade ou calquera outra condición ou circunstancia persoal ou social dos usuarios dos establecementos e dos espazos abertos á concorrencia».

Eso determina el artículo 15.2 del borrador de la Lei de Espectáculos Públicos e Actividades Recreativas, que la Xunta negocia desde el pasado viernes con el sector. Y quien desoiga dicho precepto será castigado, de acuerdo con la cláusula 33.13 de ese mismo texto, como autor de una infracción muy grave, o sea, con multas de 30.051 a 601.012 euros y cierre de negocio de hasta tres años de duración. Si bien no discute el fondo del asunto, la necesidad de combatir determinadas prácticas a las puertas de los locales de copas, la patronal de las discotecas (Fesdiga) cree el escarmiento previsto «un poco excesivo», en expresión de su presidente, Samuel Pousada.

Pendiente de elaboración desde finales de 1995, cuando la Administración central transfirió a la autonómica las competencias exclusivas en la materia, con esta norma el Gobierno gallego pretende que no se repitan episodios como el ocurrido el 14 de noviembre del 2009 en el pub Envidia, de Vigo, cuyos responsables vetaron la entrada a un grupo de discapacitados psíquicos alegando que temían que causaran «algún alboroto». Se trata solo de la punta de un iceberg que el Ejecutivo aspira a derretir. De ahí su intención de incluir los hechos de ese cariz entre los merecedores de las futuras penas máximas.

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