El origen del conflicto se remonta a septiembre de 2017, cuando una trabajadora que se encontraba en reducción de jornada por cuidado de un hijo menor de 12 años, fue despedida por «causas objetivas».
EXPANSIÓN.- El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha condenado a Prosegur al pago a una trabajadora de 40.000 euros en concepto de daños morales por discriminación de género, que tras ser readmitida conforme a una sentencia anterior, «la empresa de manera unilateral decide trasladarla a Valladolid», según ha informado UGT-Euskadi.
El sindicato, en un comunicado, ha confiado en que esta sentencia «tenga proyección ejemplarizante para erradicar todas aquellas conductas que son discriminatorias por razón de género». Para los responsables de UGT-Euskadi, «esta situación nos recuerda que en pleno siglo XXI, la igualdad continúa siendo un horizonte que debemos alcanzar».
Según explican el origen del conflicto se remonta a septiembre de 2017, cuando la trabajadora, que se encontraba en reducción de jornada por cuidado de un hijo menor de 12 años desde el mes de julio de ese mismo año, fue despedida por «causas objetivas».
En febrero de 2018 el juzgado de lo social número 10 de Bilbao se pronunció y declaró dicho despido nulo, obligando a la empresa a readmitir a la trabajadora en su puesto de trabajo y a abonar los salarios de tramitación. La compañía notificó a la trabajadora «su readmisión e inmediatamente su traslado a Valladolid», para prestar sus servicios en el centro de trabajo que Prosegur tiene en esa ciudad. Ante «este nuevo atropello», los servicios jurídicos de UGT-Euskadi interpusieron una nueva demanda que el juzgado número 8 de lo social resolvió a favor de la trabajadora, declarando nulo y sin efecto el traslado de la demandante de Bilbao a Valladolid, señala Europa Press.
La sentencia considera pues probada la vulneración de derechos fundamentales, al producirse una «discriminación por motivos sexistas o de genero al habérsele dado un tratamiento diferenciado a otros trabajadores de su misma categoría».
Tras esta sentencia, los servicios jurídicos de UGT-Euskadi interpusieron otra demanda para reclamar el pago de daños morales por vulneración de derechos fundamentales que fue estimada por el juzgado de lo social nº 10 de Bilbao y que ahora se ratifica tras la sentencia de TSJPV, condenando a Prosegur a abonar una indemnización de 40.000 euros, y en costas a la empresa.